Cambios al proceso abreviado



SEÑOR DIRECTOR:

Tras un avance sigiloso, el Congreso Nacional despachó a ley un proyecto que introduce numerosas modificaciones al sistema de justicia criminal, con el objeto de mejorar la persecución penal (Boletín N°15661-07). Prontamente, debiese ser promulgado y publicado, convirtiéndose así en ley de la República.

Uno de los cambios introducidos dice relación con los presupuestos de aplicación del procedimiento abreviado, en virtud del cual los imputados aceptan los hechos y antecedentes existentes en su contra a cambio de una pena disminuida. Actualmente, esta fórmula solo aplica en aquellos casos en que la pena solicitada por la fiscalía no exceda los cinco años de privación de libertad o los 10 años en el caso de ciertos ilícitos. Por su parte, el proyecto despachado al Ejecutivo aumenta este límite a 10 años para todo delito.

Resulta preocupante que se conciba la intensificación de las hipótesis de autoincriminación como un factor de mejoramiento de la persecución penal. En vez de propenderse a cuestiones tales como el aumento de la dotación del Ministerio Público se opta por un mecanismo simplista, que disminuye la relevancia de los juicios orales y aumenta la posibilidad de sentencias erróneas. Es de esperar que futuras legislaciones abandonen esta premisa y se centren en temáticas que realmente permitan avanzar en el combate contra la delincuencia sin desdibujar los principios básicos de nuestro sistema penal.

David Segall Rosenblatt

Asociado Grupo Litigios Penales

Albagli Zaliasnik

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