Columna de Juan Francisco Galli; Cosena, es momento de definiciones



El Presidente Boric convocó al Consejo de Seguridad Nacional (Cosena) utilizando una facultad constitucional que fue muy cuestionada por el Frente Amplio y el Partido Comunista, por considerarla una instancia de deliberación para las FF.AA. y de Orden. Más allá de la inconsistencia con sus posturas del pasado, se debe dar claridad a la ciudadanía sobre tres aspectos del Cosena convocado.

Primero, ¿cuál fue la razón para su convocatoria? El capítulo XII de la Constitución lo establece como un órgano asesor del Presidente en materias vinculadas con la seguridad nacional. En su última convocatoria, el entonces contralor cuestionó el llamado por no considerar que la crisis de orden público y violencia que vivía el país tras el 18 de octubre de 2019 fuera una materia de seguridad nacional. Más allá de disentir de su interpretación en momentos en que nuestra democracia se ponía en riesgo, bien cabe la reflexión para la actual convocatoria. Si el razonamiento del Presidente Boric sopesó el riesgo que implica para la seguridad nacional el avance del crimen organizado, uno no podría más que estar de acuerdo con él. Sin embargo, eso es contradictorio con el contenido acotado de su convocatoria: analizar las implicancias de un proyecto de ley en trámite.

En segundo lugar, es necesaria una reflexión de la necesidad de un Cosena para pedirle opinión a las FF.AA. sobre el proyecto sobre infraestructura crítica. Existen diversas instancias de asesoría y consulta a las que el Presidente pudo recurrir para lograr el mismo objetivo. ¿Acaso no es ese el sentido de instancias como el Consejo de Seguridad Pública o el Consejo Nacional contra el Crimen Organizado o, incluso, la Junta de Comandantes en Jefe? ¿Acaso no se consultó previamente en el trabajo prelegislativo con las FF.AA.? Conociendo a las FF.AA., deben existir sendos informes respecto de las implicancias de su despliegue en estas condiciones. Recurrir al Cosena parece haber sido más un ejercicio comunicacional o político que un mecanismo efectivo de asesoría.

Por último, el resultado de la convocatoria. El único producto efectivo de la reunión fue la explicitación de los inconvenientes que ven las FF.AA. en el cumplimiento de funciones de orden público sin la adecuada regulación. Este no es un problema nuevo. Lo venimos discutiendo desde los estados de excepción durante el estallido. ¿Deben las FF.AA. incorporar a su entrenamiento permanente el control del orden y la seguridad pública? ¿Cuáles son las reglas aplicables al uso de la fuerza de los militares en estas circunstancias? ¿Deben utilizarse las mismas reglas de la policía, o, por su excepcionalidad, los militares tendrán reglas especiales? ¿Más estrictas o más laxas? Entonces, lo que falta es resolver, no seguir reflexionando al respecto.

Por Juan Francisco Galli, exsubsecretario del Interior

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.