“Contradictoria señal en materia de casinos”

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SEÑOR DIRECTOR:

En relación con el editorial titulado como esta carta y publicado el martes 28 de noviembre, considero necesario precisar lo siguiente:

1. El 16 de noviembre pasado, la Superintendencia de Casinos de Juego emitió las resoluciones que formalizan la decisión adoptada por su Consejo Resolutivo en la audiencia de apertura de las ofertas económicas, oportunidad en la que se autorizaron dos permisos de operación de casinos de juego, a las sociedades Dalmacia Gamming en Antofagasta y Sociedad de Ríos Claros S.A., en Talca.

2. En la Ley N°19.995 existen causales específicas y taxativas para no continuar con la evaluación técnica de un proyecto postulante, no contemplando entre ellas ninguna directa o indirectamente vinculada a la existencia de una investigación reservada de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por el eventual ilícito de colusión.

3. Por ello, la citada investigación reservada de la FNE no puede en esta instancia afectar la decisión adoptada por el Consejo Resolutivo ni tampoco la materialización de ésta, toda vez que no existe ninguna certidumbre acerca de lo que resolverá dicha fiscalía.

4. Por el contrario, de no concluir el proceso de otorgamiento de permisos de operación no solo implicaría un perjuicio para el Fisco, al no recibir los recursos provenientes del IVA e impuesto por entradas, que van a los Fondos Generales de la Nación, sino que especialmente a los municipios de las comunas y gobiernos regionales en que se emplazan los casinos, los que perciben los ingresos recaudados por el impuesto específico a los ingresos de los casinos de juego, que respecto a los permisos en la licitación superan los US$6,5 millones anuales. A esto se suma un segundo aporte a los municipios que en el proceso recién concluido recibirán en su conjunto un total de 151.999 UF, lo que corresponde a la oferta económica que los operadores comprometieron en su postulación y que deberán pagar durante los 15 años de vigencia del permiso de operación.

5. En caso de que la investigación administrativa actualmente en curso, de la FNE, concluya con un requerimiento al Tribunal de la Libre Competencia y en definitiva este determine que se produjo colusión, mediante sentencia efectivamente ejecutoriada, corresponderá exigir las compensaciones por todos los perjuicios generados, además de las penas privativas de libertad que considera la normativa de libre competencia en estos casos.

Vivien Villagrán

Superintendenta de Casinos de Juego

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