¿Es Chile un estado de derecho?



Por Manuel Agosin, académico FEN, Universidad de Chile

La pregunta no es retórica. En líneas generales, podemos decir que en Chile impera el estado de derecho: contamos con elecciones periódicas y normadas, tanto para Presidente como para el Parlamento; los tribunales de justicia funcionan; la mayoría de las veces, los individuos e instituciones actúan con apego a la ley vigente. Pero la evidencia de los últimos años nos señala que el estado de derecho se ha visto gravemente debilitado.

Valga un ejemplo como muestra. El último retiro de fondos de las AFP, ley aprobada por el Parlamento y firmada por el Presidente de la República, contempla un “retiro” de las rentas vitalicias a las cuales se han acogido un gran número de pensionados, sin reparar que los fondos que ellos y ellas tenían en sus AFP ya no existen y que esos jubilados las han voluntariamente intercambiado por una renta mensual pactada hasta su fallecimiento. Dicho en simple, se exige a las aseguradoras que vendieron dicho producto que entreguen a los antiguos propietarios de fondos en las AFP dineros que no son de la propiedad de estos últimos. La prensa informó que ya se han activado consultas con la Cancillería por parte de una empresa de seguros estadounidense que se vería afectada por esta violación de sus derechos de propiedad. Está por verse si otras aseguradoras extranjeras que operan en el país y si las nacionales tomarán la misma ruta.

Desde luego, las violaciones del estado de derecho van mucho más allá de este ejemplo. La violencia incontrolada en La Araucanía nos ha estado mostrando desde hace mucho tiempo que el estado de derecho no existe en esa región. El hecho que hace pocos días se ha condenado a una sola persona (sí, es solo una) por la quema y el destrozo de la mitad de las estaciones de Metro desde el estallido social de octubre de 2019 es evidencia que no podemos (o algunos no quieren) hacer respetar el derecho a vivir en paz de los ciudadanos.

Hemos asistido a una serie de iniciativas por parte del Parlamento que son de exclusiva responsabilidad del Presidente de la República: los tres retiros de fondos de las AFP; y proyectos de ley que cambian la tributación de las empresas extranjeras que operan en el sector del cobre, los impuestos en primera categoría para empresas “grandes” y un impuesto patrimonial a los “súper ricos”. Más allá de las bondades o defectos que puedan tener estas leyes o proyectos de ley, el hecho es que claramente violan las disposiciones de la Constitución vigente.

Es de suma importancia que no sigamos descendiendo por esta peligrosa pendiente. Es de esperar que este sea un tema central de la Convención Constituyente que comenzará a sesionar en breve. Sin estado de derecho y sin que cada poder del estado cumpla con lo que dispone la Constitución, no tendremos ni desarrollo, ni, lo que es más grave, democracia.

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