Independencia del Poder Judicial en riesgo

Sienta un precedente muy riesgoso que los jueces, para efectos de acceder a la Corte Suprema, deban dictar fallos que coincidan con las preferencias de algunos senadores.



La fallida nominación del ministro Raúl Mera como integrante de la Corte Suprema abre fundados motivos de inquietud, habida cuenta de los argumentos esgrimidos por los senadores de oposición que votaron en contra de la propuesta del Ejecutivo, donde en vez de razonamientos sustentados en bases jurídicas o doctrinarias, prevalecieron consideraciones en las que se cuestionaron los fundamentos de algunas sentencias pronunciadas por el magistrado -específicamente en un caso de derechos humanos, y otro en materia medioambiental-, un hecho que atenta directamente contra la independencia del Poder Judicial.

Aun cuando el sistema de nominación de integrantes para la Corte Suprema ha sido objeto de cuestionamientos, en particular porque respondería a un cierto “cuoteo” de los partidos políticos, su actual diseño busca involucrar a los tres poderes del Estado, de tal manera que cuando se produce una vacancia en el máximo tribunal, la Corte Suprema elabora una quina, y de ésta es el Ejecutivo quien escoge a un miembro de ella, correspondiendo al Senado su ratificación por los dos tercios de sus integrantes. Hay una suerte de acuerdo tácito entre las fuerzas políticas para que exista alternancia entre las sensibilidades que son promovidas al máximo tribunal -ya sea de corte más conservadora o bien progresista-, lo que no obsta para que el Senado ejerza un rol de escrutinio sobre la idoneidad del candidato así como de sus visiones doctrinarias.

Si bien la nominación del juez Mera -actual ministro integrante de la Corte de Apelaciones de Valparaíso- no prosperó por un voto -se requerían 29 sufragios a favor, logrando 28, en lo que resultó decisiva la ausencia del senador Manuel José Ossandón, quien se excusó de votar por razones de salud-, los argumentos que esgrimieron varios de los 14 senadores que se opusieron a su designación alteran completamente la naturaleza que debe jugar la Cámara Alta en estos procesos. El necesario equilibrio que debe existir entre los distintos poderes del Estado no puede llevar a que se condicionen los fallos de los jueces para que estos puedan acceder a la Corte Suprema, porque con ello se rompe por completo la independencia que debe caracterizar a la instancia encargada de impartir justicia, pilar fundamental en cualquier democracia.

En las audiencias ante el Senado quedó bien establecido que el juez Mera no dictó condenas en el llamado “caso Los Queñes” por considerar insuficiencia en las pruebas -sentencia que fue ratificada en todas las instancias superiores-, y sus razones para no acoger un recurso de protección referido a la contaminada zona de Puchuncaví-Quinteros obedecen a que en su criterio la materia en cuestión estaba más allá de las facultades de la Corte. Ambas actuaciones -todas apelables- se enmarcan en lo propio del quehacer de los jueces, pero al entrar a cuestionar sus fundamentos entonces se invade un ámbito privativo y se entra en una lógica completamente discrecional.

En 2018, parlamentarios de oposición ya habían presentado una acusación constitucional en contra de tres integrantes de la Corte Suprema, cuestionando un fallo en materia de derechos humanos. Aunque ello no prosperó, sentó un riesgoso precedente de intento de tutela sobre el Poder Judicial, que ahora parece ratificarse.

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