Técnica legislativa y Constitución



SEÑOR DIRECTOR

Una votación conlleva principalmente aspectos políticos, pero no por ello debemos olvidar lo que han denominado autores como “técnica legislativa”, especialmente para el proceso constituyente. Ello puede determinar que un texto jurídico sea de mayor o menor calidad, independiente de que la decisión política sea afín o no a nuestros raciocinios y/o pasiones.

Así, por ejemplo, Pérez Bourbon nos recuerda, entre otras cosas, que en la redacción de un artículo debiera preferirse el orden sujeto, verbo, objeto, y utilizarse construcciones sintácticas simples y directas. Asimismo, que debe evitarse el uso de palabras innecesarias, preferir párrafos breves evitando los adverbios, a menos que sean imprescindibles.

La Constitución debe ser un texto jurídico que se entienda por toda la comunidad. El documento que se elabore debe poder leerse sin dificultades tanto por los juristas más avezados como por un ciudadano común y corriente. Para ello es fundamental contar con técnica legislativa que permita leer lo que precisamente se quiso decir.

Juan Pablo Díaz Fuenzalida

Profesor Derecho Constitucional

Universidad Autónoma de Chile

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