Editorial

Debate sobre responsabilidad penal adolescente

Parece razonable estudiar medidas que restablezcan un equilibrio entre garantías y las sanciones frente a delitos de especial gravedad, pues las penas están dejando de ser un disuasivo y eso está siendo aprovechado para reclutar menores al mundo delictual.

El reciente asesinato de un menor de edad en San Bernardo, que por sus despiadadas características ha provocado justificada conmoción en el país, ha reactivado con fuerza el debate sobre la revisión de la actual ley de responsabilidad penal adolescente -tomando en cuenta que en la banda que protagonizó este crimen había dos integrantes de 17 años-, especialmente en su dimensión punitiva, ante la percepción de que una serie de garantías establecidas en dicha norma podrían estar constituyéndose en una suerte de aliciente para que adolescentes se inicien en tempranas carreras delictuales o bien sean reclutados por bandas, ante la expectativa de que en caso de condenas estas serán leves o se podrán llevar a cabo en condiciones muy distintas a un recinto penal tradicional.

Si bien en una mirada general los casos en que menores se ven envueltos en hechos delictuales representan alrededor del 2% del total de ingresos al Ministerio Público, en los últimos años se ha comenzado a ver un repunte de hechos delictivos protagonizados por menores -si bien lejos del peak observado antes de la pandemia-, donde abundan los casos de reincidencia así como un mayor nivel de violencia en la comisión de los delitos. Esto desde luego sugiere que hay evidentes problemas en las políticas de reinserción del sistema -una dimensión que ciertamente requiere ser abordada en cualquier reforma, porque el objetivo último es cortar la cadena que lleva a ingresar al delito-, pero también es un indicativo de que una penalidad menos estricta está siendo aprovechada para delinquir apostando a la impunidad, como también parece bastante evidente que las penas en el sistema juvenil han perdido su carácter disuasivo, porque se percibe que el costo por delinquir es bajo. La ley de Responsabilidad Penal Adolescente terminó con el trámite del discernimiento, y estableció la responsabilidad penal a partir de los 14 años, distinguiendo entre 14 y 16 años -con penas máximas de cinco años- y 16 años y menores de 18 años, con un máximo de sanción de 10 años, en todos los casos cumpliendo la condena en recintos especiales.

A la luz de la evidencia se hace necesario buscar un nuevo equilibrio en el sistema juvenil, que junto con mantener el principio de que un menor de edad es alguien aún en etapa formativa y que como tal debería tener un tratamiento penal diferenciado al de un adulto, también se recupere una lógica esencial donde no solo los delitos más graves encuentren sanciones acordes y se desincentive la impunidad -en especial cuando la dinámica de los delitos se va asociando cada vez más con el crimen organizado-, sino que tampoco se produzcan disparidades ominosas en cómo la sociedad sanciona los delitos, pues se da el contrasentido de que una evasión de impuestos puede tener una sanción mucho más alta que un homicidio cometido por un menor de edad, lo que pugna contra la lógica más elemental.

Fundamental es que este debate sea llevado a cabo lejos de todo populismo penal, evitando caer en la trampa de sobrepenalizar o caer en leyes casuísticas, porque con ello se corre el riesgo de que la propia legislación termine siendo inaplicable. Algo de eso ocurre cuando frente a casos dramáticos surge la pulsión por dictar leyes asociados con nombres de las víctimas. Aun cuando se entiende el deseo de rendir un homenaje y buscar algún tipo de reparación para las familias, en el ámbito penal no puede perderse de vista que las leyes deben tener un alcance general, principio que se rompe cuando para cada caso particular se busca dictar una legislación específica, rompiendo la armonía que debe existir en el catálogo penal.

En el caso de la responsabilidad penal adolescente, desde hace un tiempo se viene tramitando un proyecto de ley -surgido de una moción del entonces diputado Andrés Longton, además de otros parlamentarios-, a partir del diagnóstico de que el sistema penal tiene una serie de reglas especiales que permiten que finalmente las penas de los adolescentes sean bajas y se cumplan en libertad, para lo cual se busca revisar una serie de garantías.

Dicho proyecto ya pasó a segundo trámite en el Senado, y sobre este el Ejecutivo planea ingresar una serie de indicaciones, entre ellas incorporar la reincidencia en mayores de 14 años y traspasar a los adolescentes que cumplen 18 años -y que aún les queda pena de reclusión por cumplir- a centros penitenciarios de adultos, tratándose de un catálogo de delitos especialmente graves, como secuestro, homicidio, bombas, entre otros. En estos casos, otra de las indicaciones apuntaría a que los adolescentes de 16 y 17 años sean transferidos -a petición de la Fiscalía- excepcionalmente a la jurisdicción penal ordinaria, es decir, que sean juzgados con las reglas de determinación de penas de los adultos.

Tanto el proyecto de ley, así como las indicaciones que se incorporarán, merecen ser examinados con detención, porque parecen actualizar nuestra legislación penal a la realidad delictual que hoy se vive, donde menores de 16 años o más están demostrando ser muy avezados en la comisión de delitos, la reincidencia es cada vez mayor -sobre todo en el delito de robo con violencia- y seguir en la ficción de tratarlos como niños en casos como homicidios no parece razonable. Dado que la mayor parte de los infractores tiene sobre 14 años, con los cambios propuestos disminuye la presión para bajar la edad de imputabilidad a edades inferiores a lo 14 años, respecto de lo cual existe evidencia contradictoria sobre la utilidad de ello.

Clave resulta que estos cambios legislativos sean acompañados de otras medidas, como es el caso del proyecto de ley que sanciona con penas mucho más duras a los adultos que reclutan a menores para la comisión de delitos, lo que es especialmente cierto en el caso del crimen organizado. Es también indispensable atender al actual sistema de reinserción. Luego del término del Sename y la creación del Servicio de Reinserción Social Juvenil, cabe darle tiempo a esta joven institucionalidad, pero un indicio de que la rehabilitación no está funcionando bien no solo se ve en las reincidencias, sino en que los adultos que reclutan a menores suelen ser a su vez personas muy jóvenes, lo que da cuenta de carreras delictuales iniciadas a temprana edad. Así, se abre una buena oportunidad para que el país revise una serie de aspectos que resultan esenciales para el combate al delito y traer mayor nivel de seguridad a la población, donde cabe esperar que se trate con mirada técnica y no ideológica.

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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.

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