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Caso Gustavo Gatica: defensa de Claudio Crespo apunta a que “actuó en el uso de sus funciones”

La defensa, en el marco de los alegatos de clausura, expresó que el Ministerio Público está basando el juicio en el resultado lesivo y no en la legalidad del actuar policial.

En el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago se inicia el juicio oral contra el excarabinero Claudio Crespo, por el caso de Gustavo Gatica. JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

Los alegatos de clausura con el excarabinero Claudio Crespo continúan. El exuniformado es acusado de lesionar gravemente al ahora diputado electo Gustavo Gatica en el marco de una protesta originada en el estallido social de 2019.

La defensa de Crespo, a cargo del abogado Mauricio Bascur, continuó este martes con su exposición apuntando a que el exfuncionario policial “actuó en el uso de sus funciones” ante la gravedad de las manifestaciones que se estaban produciendo.

Desde la defensa también argumentaron que el Ministerio Público está construyendo un juicio basado en el “resultado lesivo”, y no en la legalidad del actuar policial, señalando que el disparo fue un resultado no deseado de un riesgo inherente del uso de armas menos letales.

“Los medios y la forma en que se efectuaron fueron acorde a la resistencia ofrecida y al peligro existente. Pero no hay que perder de vista que el resultado es un resultado no deseado. Eso ha sido parte de la manifestación de esta defensa desde el momento en que se inició este juicio”, mencionó el abogado defensor.

Según añadió, los medios disponibles ya habían sido utilizados sin lograr disuadir a los manifestantes, siendo la escopeta antidisturbios la opción que quedaba. “Si se encontraba imposibilitado, como ha quedado acreditado en este juicio, la utilización del carro lanza agua, se habían utilizado gases, que se ven en las imágenes que existían gases, la lógica del uso progresivo de la fuerza era el uso de las escopetas antidisturbios”.

“Nuestra conclusión es que los medios fueron utilizados de forma necesaria. Esto está comprobado. Hemos visto cuál era el comportamiento de los manifestantes y que sólo se podía contener y dispersar con los medios disponibles en el lugar”, expresó.

El abogado apuntó que “lo que se ha planteado en este juicio por parte de los acusadores, es que don Claudio Crespo desplegó una acción que no se encontraba legitimada o autorizada para realizar, creemos ha quedado claramente evidenciado que sí se encontraba autorizado para realizarla”.

“¿Existía alguna posibilidad de efectuar en ese entonces alguna acción o desplegar algún medio posible en reemplazo del uso de la escopeta antidisturbios? No existía", mencionó enfatizando que “¿cuál era la acción posible que imagino que se pretendía que se hubiera realizado? Es no hacer nada. La pregunta es, su señoría, ¿estaba en condiciones un funcionario público nombrado en su cargo como funcionario de Carabineros, con una misión constitucional ante desórdenes graves, de no hacer nada ante la obligatoriedad de restablecer el orden público? La respuesta su señoría es que don Claudio Crespo actuó en el uso de sus funciones“.

Finalmente, la defensa solicitó al tribunal la absolución del acusado señalando que “no se configuran los presupuestos fácticos de la acusación. Y tampoco, su señoría, los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal establecidos en el artículo 150-D del Código Penal”.

Los alegatos de clausura continuarán el próximo lunes 29 de diciembre, mientras que se espera que el 9 de enero de 2026 el tribunal dé a conocer su veredicto.

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