Opinión

Nuevo recurso de protección

Palacio de Tribunales

SEÑOR DIRECTOR:

Es evidente que el debate constitucional ha estado enfocado en el sistema político, judicial, plurinacionalidad, pueblos originarios y en menor medida, sobre determinados derechos y garantías reconocidas en el texto propuesto. Sin embargo, pocos parecen notar que el “nuevo” recurso de protección eliminó la antijuricidad (ilegalidad o arbitrariedad) como requisito de procedencia frente a la afectación de un derecho fundamental. Lo anterior, se traduce en el texto propuesto, que las garantías fundamentales, para ser amparadas por esta nueva acción cautelar no requieren la concurrencia del elemento antijurídico, bastando aparentemente, la relación causal entre la existencia de una amenaza, perturbación o privación en el legítimo ejercicio de derechos fundamentales y una determinada acción u omisión.

Esto podría llevar no solo a una excesiva judicialización de conflictos en materia de derechos fundamentales, sino también a aumentar la incertidumbre frente a ciertos actos que podrían ser impugnables aun cuando estén amparados en una norma legal o carentes de arbitrariedad.

Christopher Gotschlich

Abogado

Más sobre:Correos de los Lectores

La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.

50% Plan Digital+$5.150 al mes SUSCRÍBETE