Uno de los puntos que todavía no estaba claro dentro de los ajustes que el gobierno presentó a la Reforma previsional era su costo fiscal. Esto hasta ayer, ya que el Ejecutivo liberó el informe financiero de la iniciativa, donde detalla el costo total que tendrá el aumento en 6% a las cotizaciones previsionales.

De acuerdo al documento, el alza de cotización se realizará de manera gradual, pasando del 10% actual al 16% en un plazo de 12 años, es decir, hasta 2032. Así, el costo fiscal al año 12 llegará a US$ 1.800 millones, mientras que para el horizonte de proyección, al 2050, el desembolso fiscal llegará a US$ 2.000 millones.

El gobierno señaló además que con el fin de contribuir al financiamiento del Programa de Ahorro Colectivo Solidario, el Fisco aportará durante los primeros 4 años un monto de hasta US$650 millones. Los recursos, que provendrán del Fondo de Reserva de Pensiones, deberán ser integrados al mismo Fondo, en un plazo que no podrá exceder los 10 años contados desde la fecha en la cual se ejecutó cada uno de dichos retiros.

El administrador del Fondo de Ahorro Colectivo Solidario contará con un período de gracia de cinco años para proceder a integrar dichos recursos. Asimismo, se establece que esos recursos deberán ser integrados al Fondo de Reserva de Pensiones aplicando una tasa de interés equivalente a la tasa de endeudamiento del Fisco a igual plazo.

El mayor gasto fiscal en los primeros años de aplicación de la ley se financiará con cargo a los presupuestos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y del Tesoro Público.

El gasto del fisco tiene relación en primer lugar con su rol como empleador. En segundo lugar, se debe a que las empresas del Estado tendrán menos ingresos por la reducción de excedentes y el tercer punto se debe a menores ingresos por concepto de impuestos a la renta.

Todo esto comenzará a ser analizado hoy por la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados.

El director de Presupuestos, Matías Acevedo, sostuvo que "este es el esfuerzo fiscal más importante de los últimos 30 años en momentos de estrechez fiscal". El personero de gobierno indicó que en total, considerando el aporte al pilar solidario, el costo fiscal se eleva a US$ 3.200 millones en régimen.

Indicaciones

Ayer el gobierno ingresó las indicaciones de la reforma previsional, donde se especifica que la gradualidad será de 0,4% para el Fondo de Ahorro Colectivo solidario hasta el séptimo año, la cotización para la cuenta individual será de 0,1% en el primer y segundo año, y en el quinto, sexto y séptimo, por lo que luego de ellos, el 0,5% íntegro irá a cuenta personal. El tercer y cuarto año, el 0,1% será destinado para el seguro de dependencia.

También se muestra que la devolución de comisiones que tendrán que hacer las AFP, si es que obtienen rentabilidades negativas en un año calendario en los fondos B, C, D y E, es de hasta un 20% de lo que pagó en comisiones un afiliado durante ese mismo año, ya sea por depósito de cotizaciones periódicas y por retiros por concepto de renta temporal o retiro programado.

Eso sí, no es el único requisito para poder acceder a esta devolución de comisiones, pues la rentabilidad de las AFP también debe ser "inferior a la rentabilidad real obtenida de un análisis de activos respecto de similares clases, según se determine por decreto supremo conjunto de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda. Dicho decreto determinará el porcentaje de la devolución de comisiones".

Las indicaciones también se hacen cargo de qué ocurre con los beneficios que paga el fondo de ahorro colectivo solidario, en caso de que los recursos recaudados no sean suficientes en el futuro para pagar los beneficios prometidos. En concreto, el ente público, o Consejo Administrador de los Seguros Sociales (CASS), deberá encargar la realización de un estudio actuarial cada cinco años, para evaluar la sustentabilidad de los fondos para un horizonte de 80 años.

"En el evento que el total de ingresos proyectados no alcance para cubrir el total de los beneficios que deben ser financiados con los fondos antes señalados, se ajustarán los parámetros para la determinación de las prestaciones correspondientes a los futuros pensionados. De subsistir el déficit podrán disminuirse proporcionalmente las prestaciones en curso de pago", detallan las indicaciones.

El CASS no entrará en operaciones apenas se apruebe la ley, por lo que, en el intertanto, el Fondo de Ahorro Colectivo solidario será administrado por la Dirección de Presupuestos.

Las otras indicaciones

-Las cooperativas que podrán convertirse en AFP tendrán la sigla CFP, por Cooperativa para la Administración de Fondos de Pensiones.

-El encaje bajará desde el actual 1% a 0,5%. Eso sí, la baja regirá desde el segundo año de publicada la ley, y el retiro que hagan las AFP estará afecto a la Ley sobre Impuesto a la Renta.

-Se reducen los requisitos para poder optar por una renta vitalicia inmediata, pues podrán acceder los afiliados que puedan contratar una renta de 3 UF ($84.985 de hoy), versus el requisito de hoy, que es igualar la pensión básica solidaria de vejez.

-Para los enfermos terminales se les calculará su expectativa de vida real, pero también se reservará un capital necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria. Tendrán derecho a retirar el excedente de libre disposición.

-El proyecto define enfermedad terminal como "aquella condición en que una persona presenta una enfermedad incurable, irreversible y progresiva, no siendo susceptible de un tratamiento de eficacia comprobada que permita modificar su sobrevida y con un pronóstico de vida no superior a un año".