Presos de Punta Peuco recurren a la Corte por cambios al régimen de visitas y denuncian vulneración a los DD.HH.: “Esto es tortura”

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“Constituye un maltrato o tortura”: presos de Punta Peuco recurren a la Corte por cambios al régimen de visitas y denuncian violación a los DD. HH

Recientemente Gendarmería informó a los reclusos que máximo 10 personas podrían registrarse para visitarlos. Medida que a juicio de 119 reclusos corresponde a una vulneración a sus derechos humanos, toda vez que los hace elegir entre quiénes pueden visitarlos, aseguran, mientras se encuentran privados de libertad con una avanzada edad y pese a múltiples enfermedades.


El régimen de visitas de la Cárcel Punta Peuco cambió el pasado 3 de junio. Esto, tras una decisión de Gendarmería de aplicar la normativa que limita el número de personas que pueden estar registradas, o “enroladas”, para visitar a un recluso. Decisión que no gustó en los internos del penal, quienes agrupados decidieron presentar un recurso de amparo apuntando a que la medida impuesta por la institución penitenciaria vulneraría, entre otras cosas, sus derechos fundamentales.

El recurso de amparo ingresado por 131 internos, representados por la abogada Carla Fernández, busca que se revierta la aplicación de la Resolución Exenta N° 6.622 de Gendarmería, la cual data del 2020 y que limita a un máximo de 10 personas registradas para visitar a las personas privadas de libertad. Medida que hasta ahora no había sido aplicada en el penal donde están presos condenados por violación a los derechos humanos durante la dictadura.

Carta en la que 27 reos de Punta Peuco piden “conmiseración”
Punta Peuco

El requerimiento judicial presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago da cuenta que a los reclusos se les informó que debían hacer una lista de “las 10 visitas ‘más importantes’ que les gustaría quedaran enroladas, ya que el resto serían eliminadas del sistema”. Es precisamente esa categorización a la cual los 131 internos apuntan que pondría en riesgo su libertad personal y la seguridad individual.

El texto, de 34 páginas, fue presentado en representación de Manuel Provis, Miguel Arias, Rolando Melo, Arturo Silva, Hugo Fernández, Patricio Ferrer, Juan Duarte, Orlando Altamirano, Osvaldo Muñoz y Juan Moral, entre otros. Todos exfuncionarios de las Fuerzas Armadas o de la CNI y que actualmente se encuentran condenados.

El escrito

Si bien en el documento se fundamenta que el establecimiento de la nueva medida fue argumentado por Gendarmería como dentro de sus atribuciones, los condenados por violación a los derechos humanos apuntan a que este corresponde a “acto inmotivado, arbitrario e ilegal que altera la situación jurídica preexistente de mis representados y afecta la dignidad de las personas recluidas que represento, y hace más duras y complejas las condiciones en que se desarrolla la vida de ellos”.

Lo anterior, debido a que se les hace elegir entre un número de personas, por ende son “obligados a reducir radicalmente su círculo de apoyo familiar y social, enfrentándose a la disyuntiva de tener que elegir entre sus seres queridos o sacrificarlos por otras personas”. Por lo cual piden que la Corte deje sin efecto la medida.

FOTO: Jose Francisco Zu–iga /AGENCIAUNO

Junto con eso, apuntan que Gendarmería actúe dentro de sus atribuciones “no significa por ello que su medida no produzca daño y sufrimiento en la población penal, y que constituya un maltrato o tortura hacia los internos afectados, que termina afectando su seguridad individual y mancilla su dignidad, habida cuenta que Gendarmería les impone una suerte de “costo de oportunidad personal” demasiado alto”.

“Lo que hace el ente penitenciario en la práctica es diluir la red de apoyo de mis representados, minimizándola lo más posible, y colocándolos en una situación francamente incompatible con la dignidad de un ser humano viejo, enfermo y encarcelado”, agrega el requerimiento judicial.

Más adelante, el escrito también asegura que la medida, que no había sido aplicada antes, es arbitraria por parte de la institución y que “resultan violatorias de los DD.HH. de mis representados, y son además actos ilegales, esto es, contrarios a lo establecido por la Constitución y las leyes”.

“Un castigo”

El escrito ingresado por Fernández apunta a que los reclusos de Punta Peuco -asegura-, debido a su avanzada edad y las enfermedades que padecen, requieren de más horas de conexión con sus familiares y amigos.

Por lo mismo, según la abogada que presentó el recurso de amparo, la decisión de Gendarmería es un castigo luego de que la misma Corte de Apelaciones de Santiago -y confirmado por la Corte Suprema- dejara sin efecto, el 3 de mayo, otra de las medidas aplicadas por la institución penitenciaria donde se restringían los horarios y días de visita a los internos de Punta Peuco.

Fotos: Patricio Fuentes Y. - La Tercera

“Ellos perciben más bien como un castigo que como una medida tomada en beneficios de ellos”, sostiene el escrito en el cual la abogada Fernández agrega que sus representados “ven esta actitud de Gendarmería de Chile como una ‘vendetta’ por el reciente fallo”.

Por último, los internos acusan que la decisión de Gendarmería “representa un ‘desacato encubierto’ a estos dos fallos, ya que sus efectos positivos para los internos no se ven materializados en la población penal”.

Ante este recurso de amparo, la Corte ya solicitó a la institución penitenciaria emitir un informe sobre la situación, con el fin de resolver si existe una vulneración a los derechos humanos de parte de Gendarmería en contra de los reclusos de Punta Peuco.

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