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SII vuelve a postergar entrada en vigencia de norma que exige inicio de actividades para acceder a financiamiento y créditos

Originalmente la fecha era el 1 de julio, la que se pospuso para el 1 de octubre y ahora para el 2 de enero de 2026. La norma exige a los servicios públicos, gobiernos regionales y municipalidades que entreguen financiamiento, solicitar el inicio de actividades a sus proveedores y clientes. Loo mismo se aplicará a los bancos comerciales.

Búsqueda de financiamiento para pymes y empresas. Foto referencial: Getty Images.

La Ley de Cumplimiento Tributario que comenzó a regir en octubre del año pasado incorporó una norma que apunta a incentivar la formalización de actividades económicas.

De acuerdo a la legislación, desde el 1 de mayo de 2025 los servicios públicos, gobiernos regionales y municipalidades que entreguen financiamiento debían exigir inicio de actividades a sus proveedores y clientes.

Esta misma exigencia se aplicará a los bancos comerciales en los casos en que se tramiten créditos o préstamos dirigidos a personas jurídicas, empresarios individuales u otras formas de entidades empresariales. En este caso, la norma comenzaba a regir el 1 de julio pasado.

Pero ambas medidas generaron alerta entre los pequeños emprendedores, ya que podrían tener un impacto importante en el acceso a financiamiento que reciben de organismos públicos como el Fondo de Solidaridad e Inversión Social (Fosis) y el Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap), como también de la banca privada.

Por esa razón, el SII decidió postergar su entrada en vigencia para el 1 de octubre del 2025. Sin embargo, esa fecha nuevamente se cambiará, puesto que el SII decidió volver a posponerla.

De acuerdo a la argumentación de la entidad, el cambio de fecha se debe a que se busca facilitar la correcta implementación de la obligación establecida en la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, para plataformas de intermediación (marketplaces), administradores de medios de pago electrónicos, organismos de la administración del Estado, municipios, gobiernos regionales y bancos comerciales de exigir la acreditación del Inicio de Actividades para autorizar el desarrollo de una actividad económica, prestar servicios o intermediar operaciones con terceros. Debido a ello el Servicio de Impuestos Internos determinó ampliar el plazo para su puesta en marcha, extendiéndolo desde el 1° de octubre de 2025 al 2 de enero de 2026.

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El subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII, Patricio Muñoz, explicó que “esta obligación tiene un impacto en distintos actores, públicos y privados, por lo que, como Servicio, hemos estado trabajando en resolver sus inquietudes y entregarles información y herramientas, para que se implemente de la mejor forma posible”.

Para quienes deben formalizarse, desde el 1 de octubre el SII habilitará en su sitio web un sistema simplificado (Mi Negocio Cumple) que les permitirá a las personas iniciar actividades sin tener que adjuntar documentos, además de entregarles la opción de cumplir en un solo lugar sus principales obligaciones tributarias: emisión de boletas de honorarios o boletas de ventas y servicios, así como la propuesta y pago de sus impuestos mensuales.

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