Abbott alerta a la Convención los riesgos de aprobar un artículo que obligaba a hacer públicas diligencias investigativas

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La máxima autoridad del Ministerio Público envió un oficio en que hizo un llamado a los convencionales a no aprobar una norma contenida en el primer informe de la comisión de Sistemas de Justicia. El artículo establecía que "todas las etapas de los procedimientos y las resoluciones judiciales son públicas". De haber sido visado, los pinchazos telefónicos, las órdenes de detención, los agentes encubiertos, entre otros habrían fracasado. En la votación en general, eso sí, se hizo eco a la preocupación de los perseguidores y no podrá volver a ser debatida en el pleno.


El Ministerio Público está preocupado. Así lo reconocen persecutores y así lo ha hecho ver explícitamente el fiscal nacional Jorge Abbott a la Convención Constitucional. El último episodio, hasta ahora desconocido, que evidencia esta situación ocurrió el miércoles 16 de febrero. Se trata de un oficio firmado por la máxima autoridad del Ministerio Público que recién fue informado en la Comisión de Sistemas de Justicia este lunes 21 de febrero.

Lo que motivó la intervención de la autoridad fue el inciso primero del artículo 12 del primer informe despachado por esta comisión —que es la encargada de los artículos que tienen que ver con el Ministerio Público— al pleno. Dicha norma planteaba lo siguiente:

Publicidad, Probidad y Transparencia. Todas las etapas de los procedimientos y las resoluciones judiciales son públicas. Excepcionalmente, la ley podrá establecer su reserva o secreto en aquellos casos en que la publicidad pueda significar un peligro grave de afectación a la integridad e intimidad de las personas.

Inciso primero del artículo 12 del primer informe de la comisión de Sistemas de Justicia

El artículo fue aprobado en general por el pleno el martes 15 de febrero por 145 votos a favor y cuatro abstenciones. Ese fue el hecho que provocó que fiscal nacional y el equipo que está haciéndole seguimiento a la Convención tomaran la decisión de alzar la voz. Por eso redactaron un documento de cuatro páginas enviado el día siguiente, pero recibido por el órgano el 17 de febrero. “Causa preocupación por la amplitud de su ámbito de aplicación que en lo operativo podría causas perniciosos efectos en los procedimientos criminales y la necesidad de esclarecimiento de los hechos criminales. En efecto, interpretada literalmente de conformidad con el texto aprobado por el pleno, la publicidad de ciertas actuaciones y resoluciones judiciales podría tener consecuencias adversas para el éxito de las investigaciones penales”, planteó Abbott.

El documento explica que el artículo “entraba en conflicto” con la norma número 182 del Código Procesal Penal que establece que “las actuaciones de investigación realizadas por el Ministerio Público y por la policía serán secretas para terceros ajenos al procedimiento”.

El jefe de la Fiscalía expuso que por un tema de jerarquía normativa, el artículo en cuestión tendría rango constitucional por lo tanto se posicionaría por sobre lo regulado en el Código Procesal Penal, mandando entonces la primera y no la segunda.

Diligencias en riesgo

Si hay algo que es un hecho es que el éxito de una investigación penal radica en la reserva que se requiere para solicitar la autorización de ciertas diligencias. Para entenderlo, se puede aterrizar a casos concretos. Si un fiscal está investigando una banda de crimen organizado vinculada al narcotráfico es altamente probable que para construir ese caso se necesite levantar pruebas con diligencias intrusivas como por ejemplo agentes encubiertos o un pinchazo telefónico.

Todo eso requiere de una autorización judicial, es decir, de la resolución de un tribunal que entregue luz verde a la petición del Ministerio Público. Si “todas las etapas de los procedimientos y las resoluciones judiciales son públicas” —como lo establecía el artículo 12 votado en el pleno— entonces los integrantes de aquella banda criminal sabrían con anticipación que están siendo blanco de una investigación penal y que sus teléfonos van a ser pinchados.

Si eso ocurre, entonces toda la indagatoria se cae. Incluso si eso alcanza a los agentes encubiertos, esos funcionarios policiales corren peligro al revelarse que no son quienes dicen ser. Lo mismo podría ocurrir con las órdenes de detención. Cuando la Fiscalía ha reunido antecedentes suficientes contra un imputado para pedir autorización a un juez para detenerlo, si la resolución de ese tribunal es pública, dicho imputado va a saber con anticipación que irán a detenerlo, ganando tiempo para reaccionar o fugarse.

“Su publicidad, por el contrario, puede tener como efecto indeseado el hecho de alertar a quienes se encuentran ejecutando un crimen o simple delito, permitiéndoles la reacción oportuna que podría dificultar la acción de la justicia, obstruyendo o impidiendo la ejecución de las mismas o simplemente facilitándoles la fuga de los responsables de comportamiento que han amenazado, afectado o perjudicado a otros ciudadanos”, explicó Abbott en el oficio.

El rechazo al artículo

Por esas razones es que el jefe del Ministerio Público le pidió a los convencionales que reconsideraran su decisión y modificaran el inciso primero de ese artículo. Esto mismo fue alertado por el director de Asuntos Legislativos de la Asociación Nacional de Fiscales, Marcelo Leiva, quien horas antes a la votación en el pleno envió un correo a los convencionales de la comisión de Sistemas de Justicia pidiendo que esta norma se rechazara.

Las gestiones de los fiscales aparentemente fueron exitosas. En la votación en particular se solicitó votar por separado el inciso primero del artículo 12. De esta forma el pleno logró rechazarlo al no alcanzar el quórum de 2/3 luego de recibir 72 votos a favor, 46 en contra y 32 abstenciones.

Además al no alcanzar los 78 votos el artículo tampoco podrá ser repuesto por la comisión. Es decir, la norma murió y ya no hay margen para ser corregida e incluida en un segundo informe. Pese a eso, algunos convencionales comentan que la advertencia de Abbott sigue siendo pertinente.

Esto debido a que aún hay ánimo en ciertos sectores de querer tener una norma de este estilo en la propuesta de nueva Constitución. En esa línea, el espíritu del artículo podría recogerse en otras normas futuras. Por eso los constituyentes que están en contra ven como positivo que Abbott haya formalizado la preocupación en un oficio ya que, dicen, de esta manera todos están avisados de lo riesgoso que será seguir insistiendo en este camino.

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