Justicia brasileña rechaza secreto total en causa contra chileno por insultos racistas y limita reserva a antecedentes sobre su salud mental
La defensa de Germán Andrés Naranjo Maldini había solicitado que todo el expediente permaneciera bajo reserva, alegando afectaciones a la intimidad del acusado y de sus hijos.
La Justicia Federal de Brasil rechazó el pedido de la defensa para decretar el secreto total de la causa penal contra el chileno Germán Andrés Naranjo Maldini, quien enfrenta acusaciones por proferir insultos racistas y homofóbicos a un trabajador de la aerolínea Latam durante un vuelo y posteriormente en el Aeropuerto Internacional de Guarulhos.
En una resolución dictada el viernes 31 de julio, la jueza Fabiana Alves Rodrigues, de la 1ª Vara Federal de Guarulhos, determinó que el expediente debe permanecer mayoritariamente público y que solo determinados documentos quedarán bajo reserva por contener información relacionada con la intimidad y la salud del acusado.
La decisión ocurre posterior a que la defensa del imputado pidiera que todo el proceso fuera declarado secreto, argumentando que la causa había comenzado a incorporar antecedentes sobre el historial médico y la salud mental de Naranjo Maldini.
Según el escrito, medios chilenos habían contactado a los abogados de Naranjo después de conocer la decisión judicial que ordenó iniciar un examen de salud mental del exgerente comercial de la empresa pesquera Landes.
La defensa también afirmó que periodistas habían accedido a elementos probatorios del expediente y difundido un video que contenía parte del interrogatorio policial del acusado. A juicio de sus abogados, esa difusión habría excedido el derecho a informar y constituido una vulneración de la intimidad del imputado.
“La norma debería ser de amplia publicidad”
Frente a dicha petición, la magistrada recordó en su resolución que la Constitución brasileña establece como principio general la publicidad de los actos judiciales, aunque contempla excepciones cuando sea necesario proteger la intimidad o exista un interés social que lo justifique.
El fallo cita las disposiciones constitucionales que garantizan el acceso a la información y establecen que la publicidad de los procesos solo puede restringirse cuando la defensa de la intimidad o el interés social así lo exijan.
Sobre esa base, la profesional letrada concluyó que no correspondía convertir toda la causa en un expediente secreto.
“Las disposiciones indican que la norma debería ser de amplia publicidad, pero el texto constitucional autoriza limitaciones basadas en el interés social o para proteger la privacidad”, sostiene la resolución.
De este modo, la magistrada acogió solo parcialmente la solicitud de la defensa.
¿Qué quedará bajo reserva?
La resolución establece que el secreto se aplicará específicamente a documentos que contengan imágenes de video y antecedentes privados provenientes de la fase policial, además de determinados escritos incorporados posteriormente al expediente.
Entre los antecedentes que quedaron bajo reserva se encuentra la respuesta a la acusación presentada por la defensa, los documentos del Ministerio Público Federal relacionados con la formación del incidente de presunta inimputabilidad mental y la propia resolución judicial que autorizó la realización de ese procedimiento.
La decisión también establece que el incidente de presunta inimputabilidad mental será tramitado en un expediente separado, donde los antecedentes relativos a la salud del acusado permanecerán bajo secreto.
Causa seguirá suspendida por examen de salud mental
La disputa por el secreto se desarrolla paralelamente a otra decisión relevante adoptada por el tribunal, que tiene que ver con la apertura de un incidente de inimputabilidad mental respecto de Naranjo Maldini.
En el mismo fallo del 31 de julio, la jueza Alves Rodrigues ordenó iniciar ese procedimiento con fundamento en el artículo 149 del Código de Proceso Penal brasileño y dispuso la suspensión momentánea de la tramitación de la acción penal respecto del acusado.
Tal resolución no establece que el acusado sea inimputable ni determina que padezca una determinada condición. Lo que ordena es la realización del procedimiento judicial destinado a evaluar los aspectos relacionados con su capacidad mental que puedan resultar relevantes para el proceso penal.
Precisamente por tratarse de un procedimiento que necesariamente puede involucrar información médica y antecedentes de carácter íntimo, la magistrada consideró necesario mantener esos elementos bajo reserva.
Cabe señalar que Naranjo Maldini enfrenta una acusación del Ministerio Público Federal que contempla, entre otros cargos, un supuesto intento de abrir una puerta de emergencia durante el vuelo LA-8070, además de imputaciones por injuria racial, homofóbica y relacionada con la procedencia nacional; prejuicio religioso; resistencia; desacato y amenazas contra agentes de la Policía Federal.
Lo último
Lo más leído
1.
2.
3.
4.
5.
La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
Plan Digital+$6.990 al mes, por los 3 primeros meses SUSCRÍBETE