Chile y el derecho a la democracia
En estos días se han sucedido las columnas de opinión y crónicas acerca de los devastadores efectos del estallido social de octubre de 2019 que acabamos de recordar. Entre esos efectos, más allá de la violencia y la destrucción sin precedentes en nuestro país, deben destacarse dos fracasados procesos constituyentes, el primero de los cuales puso en jaque la estabilidad y el desarrollo de que habíamos gozado en 29 años de democracia.
Fuera de la consideración de que las constituciones no pueden quedar entregadas al capricho de gobernantes personalistas y autoritarios como tampoco de colectivos coyunturales que sostienen poseer la auténtica representación del pueblo, debe convenirse en que el pacto social de la convivencia debe equilibrar la tradición, el presente y una mirada de futuro constructiva.
El proceso constituyente de los años 2021 y 2022, materializado en los debates y la propuesta de la Convención Constitucional, renegó de la tradición constitucional chilena, desdibujó el presente e intentó condenarnos a un futuro que resquebrajaba el Estado de Derecho y el ideal de una convivencia sana y fortalecida.
En efecto, el intento de plasmar un proyecto contraidentitario asociado a un Estado plurinacional, no podía estar más lejos del ethos nacional.
Lo mismo puede decirse de la propuesta de jibarizar el Congreso Nacional transformando al Senado en una cámara de las regiones que anulaba su rol de contrapeso de la Cámara de Diputados. Asimismo, la desarticulación del sistema de justicia, obligado a convivir con la justicia indígena, nos llevaba a una gran incertidumbre.
No puede olvidarse la obsesión por transformar al Tribunal Constitucional en un mero receptáculo del legislador sin posibilidad real de controlarlo, pues debía presumir que sus actos eran constitucionales.
Pero el 4 de septiembre de 2022, el pueblo chileno dio una gran lección: ejerció su derecho a la democracia acudiendo a las urnas para rechazar, por un 62% de los votos, un proyecto que nos condenada a la penumbra constitucional. Así, el derecho a seguir viviendo en una democracia con adecuados controles para proteger eficazmente los derechos de personas y grupos siguió siendo una realidad.
Pero no sólo se ejerció el derecho a la democracia en las urnas, esto es, en un sentido procedimental, sino que, también desde el punto de vista sustantivo. Y es que el rechazo categórico al proyecto de la Convención Constitucional importó la reafirmación del diseño institucional contemplado en la Carta Fundamental vigente sobre la base del principio de separación de funciones del Estado con controles recíprocos y con órganos constitucionalmente autónomos que no bailan al compás de quienes ejercen el poder. El actuar reciente de la Contraloría General de la República es una prueba de ello.
Chile es, entonces, un Estado que puede mostrar orgulloso el ejercicio del derecho a la democracia que la Carta Democrática Interamericana asegura a los pueblos de América y que permite la convivencia armónica entre el orden y la libertad.
Por Marisol Peña, Centro de Justicia Constitucional UDD
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