Cambios en condenas por delitos de lesa humanidad: diputados RN acuden a la CIDH tras fallo de la Suprema
Desde la testera de la bancada de la colectividad dijeron no desconocer la gravedad de los hechos sancionados, pero apuntaron que "defender los derechos humanos no puede ni debe implicar" la relativización del debido proceso.
Diputados de Renovación Nacional expresaron su preocupación ante fallo de la Corte Suprema este pasado 30 de diciembre, en que dio sentencia de cumplimiento a la condena por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al Estado de Chile, por la aplicación de la figura de la media prescripción en crímenes de lesa humanidad durante la dictadura.
El jefe de la bancada Frank Sauerbaum y la subjefa Carla Morales firmaron una carta que enviaron a Roberta Clarke, presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos, en la que le piden que “considere la adopción o promoción de alguna medida que permita evitar que bajo el pretexto del cumplimiento internacional, se consoliden prácticas contrarias al debido proceso y al principio de legalidad”.
La Corte Suprema, al momento de su decisión, desestimó que se encuentre vulnerada la soberanía nacional en este caso y acogió la sentencia y las medidas de reparación propuestas por la corte internacional.
En algunos casos se aumentaron las penas aplicadas y en otros se disminuyeron las sanciones, por tratarse de sentenciados adultos mayores.
Esto se traduce en que cuatro exagentes del Estado volverán a prisión; otros 24 tendrán aumentos en sus penas, entre ellos Álvaro Corbalán y Miguel Krassnoff; y dos quedaron con reclusión domiciliaria total.
Sobre esto, los diputados de RN señalaron que les parece preocupante que “se haya procedido a modificar una sentencia penal firme, aumentando la pena originalmente impuesta y ordenando una nueva privación de libertad, sin que exista una norma legal previa, clara y expresas que habilite tal revisión en perjuicio del condenado”.
Aunque, si bien en la misiva explican que no buscan desconocer la gravedad de los hechos sancionados, señalaron que “defender los derechos humanos no puede ni debe implicar su relativización (del debido proceso), aun cuando se trata de proscribir y perseguir delitos de la máxima gravedad”.
Sentencia de la CIDH
En marzo de 2024, en el caso conocido como Vega González y otros Vs. Chile, la CIDH “declaró la responsabilidad internacional del Estado de Chile por la violación a los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial” en casos que involucran a 44 víctimas de desaparición forzada durante la dictadura y en que se ocupó la figura de media prescripción entre 2007 y 2010 para condenados por estos delitos.
Además, establecieron que en todos los juicios de casación, salvo en uno, se impidió a los familiares de las víctimas presentar argumentos, en las que justamente se aplicó la media prescripción.
Como parte del proceso de reparación la institución ordenó al Estado de Chile “revisar y/o anular las reducciones de las penas que hubieran derivado de la aplicación inconvencional de la media prescripción”, como también brindar tratamiento psicológico a las víctimas que lo necesiten y pagar indemnizaciones.
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