Normas transitorias: Convención impone sus tiempos al Poder Legislativo y propone dictar leyes sin que el Congreso las apruebe

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En una de las enmiendas que patrocinaron los colectivos de izquierda se dejó estipulado que si en un plazo de dos años los parlamentarios no despachan la legislación que crea el nuevo Consejo de la Justicia, "se tendrá por aprobado el proyecto presentado por el Presidente". Esta disposición, a pesar de que aplica solo para un caso concreto, se suma a una serie de otros artículos en los cuales se pretende limitar el actuar de los congresistas para así evitar que bloqueen o dilaten la tramitación de los asuntos necesarios para implementar la nueva Constitución.


Luego de un largo proceso de negociación entre los colectivos de izquierda, antes de las 23.59 de este martes, los convencionales que integran la Comisión de Normas Transitorias ingresaron las indicaciones para los artículos que regularán la futura transición constitucional. Esta es la primera presentación de enmiendas a estas disposiciones que, previamente, habían sido aprobadas en general por las comisiones temáticas.

Por lo mismo, se trata de la primera señal política de los constituyentes de la instancia para mostrar cómo están enfocando los artículos transitorios. Tal como habían adelantado los propios convencionales, uno de los temas más relevantes apunta a la necesidad de regular la manera en que el Congreso deberá legislar las leyes que se necesitan para que la Constitución no se transforme en letra muerta.

Las indicaciones que patrocinaron las izquierdas tienen un foco claro: el ánimo de la Convención será el de imponer los plazos al Poder Legislativo. El objetivo, comentan los constituyentes, es asegurarse de tener la garantía de que el Congreso no bloquee o demore los cambios que necesita la nueva Carta Fundamental.

Además de dictar plazos específicos sobre la cantidad de años en la que debe aprobarse una ley, también entregaron instrucciones al Ejecutivo sobre cuándo debe poner una urgencia legislativa. En esa misma línea, incluyeron la opción de que un proyecto de ley pueda aprobarse sin necesidad de que el Congreso lo despache.

Esta última situación se da en un caso concreto: el Consejo de la Justicia. La indicación sobre este transitorio plantea lo siguiente: “Dentro del año siguiente a la promulgación de la presente Constitución, el Poder Ejecutivo deberá presentar un proyecto de ley que regule la organización y funcionamiento del Consejo de la Justicia. Si dentro de los dos años siguientes al inicio de su tramitación el proyecto no hubiese sido despachado por el Poder Legislativo, se tendrá por aprobado el proyecto presentado por el Presidente”.

Un hecho similar ocurre con materias vinculadas al sistema electoral. “Mientras no se promulgue la legislación electoral, el Servicio Electoral deberá implementar las reglas electorales sobre paridad y escaños reservados utilizadas en la elección de los convencionales constituyentes para la elección de los y las integrantes del Congreso de Diputados y Diputadas”, se lee en la enmienda.

Respecto del Estado regional, los convencionales optaron por el mismo camino. Piden un plazo de dos años para tramitar las leyes que regulan la “autonomía financiera y la descentralización fiscal de las entidades territoriales”. Además, agregan que “si al 31 de marzo de 2024 no se hubieren expedido las normas legales, el gobierno procederá a hacer presente la urgencia para la tramitación y despacho del proyecto de ley”. Junto con eso, dejan claro que “el Poder Legislativo no podrá diferir más allá de los plazos indicados en los incisos anteriores”.

En la propuesta de transitorios, en todo caso, no se señala nada respecto a si el Ejecutivo no cumple con los plazos establecidos para ingresar al Congreso los proyectos de ley.

Saltarse al Congreso: “Es profundamente antidemocrático”

La enmienda del Consejo de la Justicia es una de las que más ruido provocaron al interior de la Convención. La indicación forma parte de un largo listado y fue patrocinada por todos los colectivos de izquierda: Frente Amplio, Colectivo del Apruebo, Colectivo Socialista, Independientes No Neutrales, Chile Digno, Coordinadora Plurinacional, Pueblo Constituyente, Movimientos Social y escaños reservados.

La idea despertó duras críticas de parlamentarios, académicos y constituyentes. El presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Soto, señaló que, preliminarmente, no tiene “mayor problema con la existencia de plazos, nosotros tenemos mucha más experiencia legislativa y cumpliremos nuestro rol con eficiencia”. Sin embargo, a Soto le preocupan “las señales de excesiva confianza con el Ejecutivo y de gran desconfianza con el Congreso”, ya que para él “ambas son erróneas y preocupantes si queremos una buena transición constitucional, ya que cada poder del Estado debe cumplir con su función y la Convención debe ser respetuosa de aquello”.

En ese sentido, el parlamentario criticó la posibilidad de saltarse al Congreso. “Aplicar una especie de ‘silencio positivo’ en materia de tramitación y aprobación de leyes es desconocimiento absoluto de los procesos legislativos y sus efectos. Además, es profundamente antidemocrático. Respecto del sistema electoral, por cierto que ese y otros temas serán prioritarios para nosotros. El rol del Servel es hacer cumplir la ley electoral, no crearla. No tiene ni debe tener facultades legislativas, es innecesario y absurdo”, manifestó.

También hubo reparos similares desde la academia. “Los motivos para que el proyecto del Presidente pueda regir como regla por defecto ante la falta de acuerdos políticos, aunque útil para el caso de la ley de presupuestos, no debe ser utilizada para normas que requieren de contrapesos y que además tendrán una vigencia indefinida. La disposición transitoria puede incentivar oportunismos políticos de bloqueo para beneficiar un proyecto presidencial. No es admisible en una democracia constitucional que el Poder Ejecutivo regule unilateralmente aspectos tan importantes para la organización del sistema de justicia”, afirmó el director del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, Sergio Verdugo.

Una opinión parecida expresó el profesor de derecho electoral de la Universidades Andrés Bello y Central, Gabriel Osorio. “Me parece que esa fórmula atenta contra la discusión democrática que debe darse en el seno del Congreso Nacional. El incentivo puede ser perfectamente al revés del esperado, esto es, que el Presidente evite llegar a acuerdos en el Congreso para imponer su voluntad o entregar al Servel decisiones trascendentales sobre sistema electoral. Ambas cosas atentan contra la legitimidad del proceso de puesta en marcha de una nueva Constitución”, sostuvo Osorio.

Opiniones divididas entre los convencionales

Uno de los constituyentes que apoyaron la idea de aprobar una ley a pesar de que el Congreso no la haya visado es el convencional Tomás Laibe (Colectivo Socialista). “Me parece bien que se busquen incentivos para una buena implementación, especialmente en aquellas instituciones que son claves para el nuevo diseño institucional. Por lo demás, es un mecanismo que existe para la Ley de Presupuestos. Acá se ocupa de forma excepcional para un órgano”, comentó Laibe.

Sin embargo, su par Luis Barceló (Colectivo del Apruebo) expresó una postura contraria a la medida. “No estoy de acuerdo. El trabajo debe ser asumido por el Poder Legislativo a un ritmo razonable, en el que efectivamente se implemente el texto, pero su trabajo no puede quedar sujeto a plazos resolutorios. Eso es debilitar la democracia e ir gradualmente favoreciendo el autoritarismo (...) La única manera de responder a un deliberado abandono de funciones es mediante la presión para que los parlamentarios no sean reelectos”, indicó.

Por su parte, uno de los coordinadores de la Comisión de Normas Transitorias, Eduardo Castillo, señaló que está en contra de la iniciativa. “Hay un solo caso en la Constitución actual: cuando el Congreso no aprueba el proyecto de Ley de Presupuesto de la nación antes del 1 de diciembre rige el proyecto enviado por el Presidente (...). Prefiero que se ponga plazos razonables al Presidente para que presente los proyectos de ley al Poder Legislativo”.

Todas estas indicaciones se van a empezar a votar desde este jueves 26 de mayo y tienen que estar despachadas el sábado. Las que logren ser aprobadas por 3/5 de la comisión (19 votos), formarán parte del primer informe que la instancia despache al pleno. Luego, la próxima semana, en caso de que los artículos consigan los 2/3 del plenario (103 votos), podrán pasar a formar parte del borrador de nueva Constitución.

Leyes vía DFL

En las indicaciones de los transitorios algunos colectivos aprovecharon para ingresar enmiendas que permitan que el Ejecutivo pueda legislar a través de Decretos con Fuerza de Ley (DFL). Los Independientes No Neutrales, Pueblo Constituyente, la Coordinadora Plurinacional y Movimientos Sociales lo hicieron en materia de vivienda.

“En un plazo de 18 meses desde la entrada en vigencia de esta Constitución, el Presidente de la República deberá ingresar un proyecto de ley integral sobre vivienda y urbanismo, que tenga por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 271 y 272. En caso de expirar el plazo sin legislación y en conformidad a las normas contenidas en la Constitución, se facultará al Presidente de la República para que vía decreto con fuerza de ley se adecúe la normativa aprobada”, dice la enmienda.

Lo mismo se hizo en materia de seguridad social. Respecto de este tema los colectivos Movimientos Sociales, Coordinadora Plurinacional, Chile Digno, Pueblo Constituyente y escaños reservados propusieron que “dentro del plazo de seis meses contados desde la entrada en vigencia de esta Constitución, el Presidente de la República someterá a tramitación legislativa todos los proyectos necesarios para adecuar la legislación vigente a los principios y normas establecidos en el artículo sobre Seguridad Social”.

En caso de que eso no pase, la indicación plantea que “transcurridos dos años desde la presentación del proyecto de ley, si no fuere despachado para su promulgación, el o la Presidenta de la República dictará un Decreto con Fuerza de Ley para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta disposición”.

Estas enmiendas no concitarían apoyo del resto de los constituyentes por lo tanto es poco probable que tengan éxito en la comisión o el pleno.

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