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Suprema confirma decisión del TDLC sobre plan de autorregulación tarifaria de Transbank

El máximo tribunal rechazó las reclamaciones interpuestas contra la resolución Nº 86 de 2025 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que estableció un nuevo sistema tarifario para Transbank respecto de servicios de adquirencia de tarjetas de pago.

Suprema confirma decisión del TDLC sobre plan de autorregulación tarifaria de Transbank

La Corte Suprema rechazó las reclamaciones interpuestas contra la resolución Nº 86 de 2025 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que estableció un nuevo sistema tarifario para Transbank respecto de servicios de adquirencia de tarjetas de pago.

En otras palabras, el fallo que fue pronunciado por la Tercera Sala de la Suprema confirma en su totalidad el nuevo sistema tarifario consultado por Transbank con las condiciones impuestas en la resolución Nº 86 del TDLC, y descarta los recursos de reclamación que el año pasado habían interpuesto en contra de este acto una serie de organismos, estos son la Fiscalía Nacional Económica (FNE), Mercado Pago Operadora S.A., Falabella Retail S.A. (junto con Sodimac S.A. e Hipermercados Tottus S.A.), Digital Payments SpA, Flow S.A. y Multicaja S.A.,

La sentencia fue dictada este miércoles 14 de enero de manera unánime por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, María Soledad Melo, Jessica González, y Eliana Quezada.

La FNE explicó mediante un comunicado que este fallo de la Suprema “establece que el cambio de circunstancias en la regulación y condiciones de competencia del mercado en que participa Transbank, consistente en pasar desde la posición de monopolista bajo el modelo de tres partes, a una posición en que enfrenta a competidores en un modelo de cuatro partes, habilita a revisar el diseño establecido en el Plan de Autorregulación de tarifas de esta empresa, vigente desde el año 2006″.

La FNE explicó que la Resolución Nº 86 del TDLC en lo medular consiste en cuatro asuntos. Primero, “sujetaron a Transbank en una primera etapa a una regulación de sus márgenes adquirentes respecto de las comisiones que cobre a comercios, operadores, y proveedores de servicios de pago y subadquirentes (PSP), los que deberán basarse en costos auditados con vigencia de no más de un año de anterioridad al inicio de esa implementación, ceñirse a lo establecido por un Panel de Expertos o con acuerdo de la FNE”.

Asimismo, “facultaron a que Transbank establezca límites inferiores y superiores de cobro que sean objetivos, generales, públicos y no discriminatorios, siempre preservando las diferencias que correspondan según costos”.

Segundo, “autorizaron a Transbank a igualar las tarifas de la competencia y a presentar ofertas en licitaciones de entidades públicas -incluyendo la modalidad denominada floating- sujeta a una serie de requisitos para evitar conductas anticompetitivas”.

Tercero, “mantuvieron la vigencia transitoria o permanente de ciertas obligaciones contenidas en el avenimiento suscrito entre Transbank y la FNE el año 2025″.

Cuarto, “autorizaron a proceder a la desregulación de tarifas cuando la FNE constate que la participación mensual de Transbank en el segmento de procesamiento adquirente, medida en número de transacciones, sea inferior al 50% por un periodo de a lo menos seis meses seguidos”.

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