Marcos Orellana, relator de la ONU sobre productos tóxicos: “La tragedia sufrida en Arica revela que el mero reconocimiento constitucional del derecho a vivir en un ambiente sano no es garantía suficiente”

El caso de los pobladores contaminados de Arica llegó hasta Naciones Unidas. El relator especial sobre sustancias peligrosas y desechos dice en esta entrevista que este caso se explica por “extrema negligencia o tal vez por corrupción”. Señala además que la tragedia sufrida por las víctimas deja en entredicho que lo que contiene la actual Constitución en materia ambiental: “Aquí la Convención Constitucional chilena tiene un gran desafío y oportunidad”, sentencia.


Esta historia es de larga data. En los años 80, el gobierno chileno autorizó a la empresa Promel el ingreso a Arica de más de 20 mil toneladas de desechos tóxicos provenientes de Suecia que fueron abandonados en un terreno que, en ese momento, no tenía uso residencial. Los desechos eran, supuestamente, inofensivos, pero en realidad contenían grandes cantidades de plomo y arsénico. En los años 90, las autoridades permitieron la construcción de poblaciones muy cerca del material depositado. ¿El resultado? Cerca de 12 mil personas han estado expuestas a la contaminación de estos desechos.

En esta entrevista, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre sustancias peligrosas y desechos, Marcos Orellana, aborda el caso y cuestiona las acciones de Chile y Suecia por no hacerse cargo de este tema e incumplir la ley.

¿Cómo se explica usted que se haya autorizado la construcción de viviendas sociales para población vulnerable en un lugar donde habían sido depositados, de manera ilegal, desechos tóxicos?

Hay varios elementos de este caso que no se explican, salvo por extrema negligencia o tal vez por corrupción. La construcción de viviendas sociales en un lugar contaminado es uno de ellos. La autorización a la importación de los desechos tóxicos sin siquiera realizar un análisis químico de su contenido es otro. La pasividad por años de las autoridades, a pesar de los evidentes impactos en la salud de la población, es quizá aún más alarmante.

Orellana explica que estas situaciones hablan de la importancia de fortalecer las herramientas para hacer de la democracia ambiental una realidad. “La participación informada en los procesos de toma de decisiones ambientales es una de las promesas del paradigma del desarrollo sostenible refrendado por la comunidad internacional en la Cumbre de la Tierra en el 1992. La importancia del fortalecimiento de los mecanismos para hacer efectiva la justicia ambiental es otra. Sin embargo, muchas veces, como en el caso de Arica, el desarrollo sostenible y la democracia ambiental son términos sin contenido para las personas que sufren de la contaminación tóxica. Por lo mismo, el caso de Arica también acentúa la importancia de la firma, ratificación y aplicación efectivo del Acuerdo de Escazú, en cuanto instrumento para profundizar el vínculo entre derechos humanos y el medio ambiente”, señala.

Los habitantes de ese lugar han presentado severos daños a su salud y las consecuencias persisten dos décadas después. ¿Qué responsabilidad específica le cabe al Estado de Chile?

El 29 de mayo del 2012, el Congreso chileno aprobó la Ley 20.590 de Polimetales para mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por la contaminación en Arica. En 2019, la Contraloría de Chile concluyó que diversas autoridades administrativas chilenas no habían cumplido con los programas y medidas contemplados por la misma. Esto da cuenta de décadas de abandono por parte del Estado de Chile, en grave desmedro de los derechos fundamentales de los residentes de Arica.

El relator también apunta a la justicia. “El sistema judicial chileno ha sido incapaz de hacer valer las responsabilidades de los representantes legales de la empresa Promel Ltda. que recibió pagos de Boliden por recibir los desechos tóxicos, los señores Blas Martino y David Fux. El que estos individuos hayan logrado a la fecha evadir la justicia por décadas habla de debilidades institucionales que merman la confianza que debería inspirar el imperio del derecho”, explica.

¿Ha existido incumplimiento de fallos judiciales en este caso?

En el año 1998, la Corte Suprema de Chile ordenó la adopción de medidas de seguridad con respecto a los desechos tóxicos. Específicamente, la decisión de la Corte Suprema ordena que se envasen los desechos en rellenos sanitarios, para luego ser trasladados a celdas de seguridad. Veintidós años y fracción más tarde, el fallo ha sido incumplido y los residuos peligrosos se encuentran a la intemperie en las cercanías de Arica, expuestos a los elementos de la naturaleza.

Orellana agrega que “el hecho que un fallo del más alto tribunal del país no haya sido cumplido habla de un vacío grave en el adecuado funcionamiento del estado de derecho. Frente a la impunidad y la pérdida de confianza en las instituciones del Estado, la fibra que mantiene unida a la sociedad empieza a desagarrarse. Y el resultado es que los derechos se tornan ilusorios. En el contexto de los tóxicos, esto genera discriminación ambiental, en vez de servir de base a una democracia pluralista e inclusiva”.

¿Qué responsabilidad le cabe a Suecia, país desde donde llegaron los desechos tóxicos?

Al momento del primer envío de desechos de Boliden, Suecia ya tenía la obligación de controlar los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y garantizar que las autoridades competentes recibieran información adecuada y oportuna sobre dichos movimientos. Esta obligación estaba establecida en una norma adoptada ese mismo año 1984 por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, de la cual Suecia era (y es) Parte.

Suecia también tenía el deber de garantizar que las actividades dentro de su jurisdicción o control no causaren daños al medio ambiente de otros Estados. Esta obligación es pieza angular del derecho internacional ambiental y ya había sido articulada por la Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano, resultado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano celebrada en Suecia el año 1972.

Estas obligaciones fueron incumplidas por Suecia. A pesar de tener conocimiento de los movimientos de desechos de Boliden, la Agencia de Protección Ambiental de Suecia pasivamente se limitó a observar, en vez de ejercer control, como era su obligación. Por otro lado, las autoridades chilenas recibieron información falsa acerca del contenido de los desechos, en violación de la obligación de Suecia de garantizar que las autoridades competentes recibieran información veraz. La solicitud de desaduanaje presentada por Promel al Servicio de Salud de Arica dice que el material “no es tóxico”. La más mínima diligencia por parte de la Agencia de Protección Ambiental de Suecia habría revelado la tremenda mentira.

Los actos ilícitos de Suecia acarrean su responsabilidad internacional por los daños a la salud y al medioambiente que ha sufrido los pobladores de Cerro Chuño en Arica. Las consecuencias de los actos ilícitos de Suecia han sido catastróficas: numerosas muertes por cáncer y otras afecciones médicas; mujeres que no pueden concebir hijos o que experimentan abortos espontáneos; niños que padecen defectos de nacimiento, incluidos trastornos neurológicos, hidrocefalia y espina bífida. El Gobierno de Chile estima que 12.000 personas han estado expuestas a los tóxicos peligrosos.

Frente a su responsabilidad, Suecia tiene la obligación de reestablecer el estado de casos que existía antes del vertido de los desechos, además de otras medidas de reparación. Esto significa en concreto la repatriación de los desechos tóxicos y la provisión de asistencia médica adecuada a las víctimas, entre otros remedios que hasta hoy continúan pendientes.

Es de esperar que el compromiso ambiental de Suecia, que lidera una alianza de alta ambición para hacer frente a los impactos de los tóxicos a nivel global, derive en acciones concretas que reparen las violaciones de su responsabilidad que han sufrido los habitantes de Arica.

¿Ha tenido usted contacto con alguna autoridad chilena para manifestarle su preocupación por este caso?

En los términos de mi mandato, junto con otros siete Relatores Especiales del Consejo de Derechos Humanos, le hemos enviado cartas a Chile y a Suecia expresando nuestra profunda preocupación ante las violaciones de derechos humanos infligidas en los habitantes de Arica por el vertido de desechos tóxicos. Le hemos pedido a los Estados involucrados que tomen medidas urgentes para repatriar los desechos peligrosos a Suecia y asegurar remedios efectivos para los residentes de Arica por el daño que han sufrido a lo largo de los años, incluida la provisión de atención médica adecuada.

El hecho de que los residuos peligrosos generados en Suecia fueran vertidos en Arica a mediados de la década de 1980, no disminuye la necesidad de abordar el problema hoy, como un asunto urgente. La responsabilidad de prevenir la exposición continua y reparar por completo el daño sufrido por los residentes de Arica se agudizará con el paso del tiempo. La comunidad local de Arica continúa exigiendo justicia ambiental, y la amenaza a las generaciones futuras se encuentra latente.

¿Qué reflexión tiene usted sobre este caso, que se arrastra por casi 36 años? ¿Hay alguna lección que este caso entregue para el proceso constituyente?

La tragedia sufrida por las víctimas de Arica revela que el mero reconocimiento constitucional del derecho a vivir en un ambiente sano no es garantía suficiente para que el derecho sea respetado. Además de una articulación clara del derecho, que incorpore avances en el derecho constitucional comparado en materia ambiental, los mecanismos efectivos de exigibilidad son indispensables. Aquí la Convención Constitucional chilena tiene un gran desafío y oportunidad.

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