Abogado de Gonzalo Durán: “No hay base jurídica para acusar constitucionalmente al delegado presidencial”
El abogado del delegado presidencial además tildó de "arrebato político", la acusación presentada.
Este martes se espera que se vote la acusación constitucional contra el delegado presidencial de la Región Metropolitana, Gonzalo Durán, en la sala de la Cámara de Diputados y mientras aún no existe claridad respecto a los votos es que el abogado de Durán, Francisco Cox, se refirió a la medida señalando que no existe una base jurídica para acusarlo.
La acusación fue presentada tras los incidentes ocurridos en el estadio Monumental el pasado 10 de abril, que terminaron con dos jóvenes muertos, y según mencionó el abogado en conversación con Radio Agricultura, “lo que tiene que hacer un delegado para ser acusado constitucionalmente y destituido es infringir directamente la Constitución, no una ley”.
“Los acusadores han intentado forzar que aquí habría una infracción a la Constitución, porque dicen, mire, sabe que el artículo 24 dice que el Presidente tiene que velar por el orden público, o tiene a su cargo el orden público. Y respecto del delegado presidencial dicen, bueno, el delegado presidencial es el representante natural del presidente”, explicó, detallando que “el tema es que con la modificación de la ley del Ministerio del Interior y con la dictación de la ley del Ministerio de Seguridad Pública, a partir del 1 de abril se le quita la función de velar por el orden público al delegado presidencial”.
“Por lo tanto, se queda sin base jurídica. Es decir, no hay base jurídica para acusar constitucionalmente al delegado presidencial, porque dentro de sus atribuciones no está velar por el orden público, que es lo que establece el artículo 24 respecto del presidente”, señaló.
De acuerdo a lo que apuntó el abogado, la acusación tiene “que embarcarse dentro de una cancha jurídica, que son estos requisitos. Por muy político que sea, o que se le quiera poner, en realidad los diputados y diputadas están sometidos a la Constitución, y la normativa de la Constitución”.
Según explicó, “la decisión de revocar o no revocar (la realización del partido), es del delegado presidencial y da la autorización porque está todavía dentro de sus atribuciones de acuerdo a la ley”, sin embargo señaló que “si usted tiene un problema o tiene un desacuerdo sobre la decisión de revocar o no revocar la autorización, es un problema de legalidad, no de constitucionalidad. Por eso yo le digo que jurídicamente no tiene ningún sustento”.
Finalmente, sobre la acusación señala que “cuando uno lee las 30 páginas de la acusación, uno ve aquí un arrebato político, más que una decisión concienzuda, meditada, y viendo si se cumplen los requisitos jurídicos”.
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