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Decretan prisión preventiva para el exfiscal Manuel Guerra: ingresará a Capitán Yáber

En la ocasión, el tribunal, que fijo un plazo de 45 días para la investigación sostuvo que "los chats demuestran deliberación sostenida".

Foto: Jonnathan Oyarzún/Aton Chile JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

Durante la mañana de este jueves el 4° Juzgado de Garantía de Santiago decretó la prisión preventiva para el exfiscal el regional de la Fiscalía Metropolitana Oriente, Manuel Guerra, imputado por el Ministerio Público por los delitos de cohecho, prevaricación y violación de secreto.

El pasado 9 de marzo comenzó la formalización del exfiscal Guerra, que se realiza en el marco del Caso Audios y sus vínculos con el abogado Luis Hermosilla.

Desde la Fiscalía y las partes querellantes, solicitaron la medida de prisión preventiva para Guerra, apuntando que “es proporcional a los hechos que se están investigando”.

Según detalló el tribunal, “en base a todos estos antecedentes hay un peligro para la seguridad de la sociedad se va a decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado”.

Además expresó que “atento el carácter de fiscal regional se va a ordenar que esta sea ejecutada en Capitán Yáber para resguardar la integridad física del imputado dado el cargo que detentaba”.

En la ocasión, el tribunal fijó un plazo de 45 días para la investigación.

“Ponderando la intensidad de la cautelar y efectivamente el hecho de que las diligencias investigativas se encuentran bastante avanzadas, se desprende también la misma extensión de la formalización y todas las pruebas o antecedentes que ya se han hecho valer se van a fijar 45 días de plazo de investigación”.

En su argumentación, el juez detalló que frente a la acusación de cohecho agravado, estos “no se encuentran estos prescritos como sostuvo la defensa”.

“De conformidad con el artículo 94 del Código Penal, esta pena tiene asignada una pena de crimen del plazo de prescripción, consecuentemente de 10 años. El hecho más antiguo que se imputa es del 21 de septiembre del año 2016, que prescribiría el 21 de septiembre del presente año”, sostuvo.

El tribunal además apuntó que “se debe tener presente el número de delitos que se encontrarían acreditados en esta etapa procesal, los cuales además se prolongaron por cinco años de manera continua entre el año 2016 y 2021″, enfatizando que se trata de “un sistema delictivo en que cada acto se conecta con los demás a través de una estructura de lealtad desviada, un canal de comunicación permanente y un beneficio final que opera como liquidación del crédito corruptivo acumulado”.

“Las conductas no son de oportunidad ni de impulsividad. Los chats demuestran deliberación sostenida, ilusión consciente de los mecanismos de control mediante el uso sistemático de canales informales, y persistencia más allá del cargo”, añadió.

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