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Contraloría toma razón con alcances al decreto que fija cuentas de la luz para el primer semestre

En este proceso "está única y exclusivamente la devolución producto del error metodológico del doble IPC en las diferencias de facturación", explica un conocedor. Contraloría indica en su decisión que la corrección no considera los errores que se generaron previo al decreto 7T 2024.

Cuentas de la luz. Getty Images

El proceso para remediar el error metodológico que remeció al gobierno sigue avanzando. La Contraloría General de la República (CGR) efectuó la toma de razón con alcances al decreto supremo del Ministerio de Energía que fija el Precio de Nudo Promedio (PNP) para el primer semestre de 2026.

El proceso concentró fuertes polémicas al gobierno por un error metodológico dado a conocer públicamente a mediados de octubre. El problema cobró la cabeza del entonces ministro de Energía, Diego Pardow, y la del secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía (CNE), Marco Mancilla. Ahora, Contraloría visa el proceso, aunque con alcances.

En el documento, al que Pulso tuvo acceso, el organismo indica que las correcciones “se efectúan solo respecto de la inconsistencia metodológica producida en el período que media entre la entrada en vigor del decreto N° 7T, de 2024, y hasta la vigencia del decreto N° 14T, de 2025, ambos del Ministerio de Energía -que fijaron los precios nudo promedios respectivos-, de modo que no comprenden aquellas diferencias que se hubieren generado con anterioridad a esa data".

Adicionalmente, el archivo de Contraloría dice que “considerando que la referida inconsistencia metodológica, según detalla el indicado informe, se refiere a la aplicación de “la variación del IPC (Índice de precios al consumidor) y, conjuntamente, el empleo de la tasa de interés corriente para operaciones no reajustables en moneda nacional”, corresponde ajustar la resolución exenta N° 379, de 2023, de la Comisión Nacional de Energía, por cuanto replica dicha inconsistencia".

El académico de la Usach, Humberto Verdejo, quien detectó inicialmente el error de cálculo de la CNE, analiza el escrito, e indica que “cuando se aplica la devolución producto del doble IPC, se hace referencia a una resolución. Y esa resolución dice la Contraloría que no se ha modificado. En el fondo, la resolución que debe aplicarse para realizar la devolución producto del doble IPC no está corregida. Eso es lo primero. Lo segundo es que -yo interpreto- que la Contraloría está preguntando: ok, usted reliquidó o ajustó el doble IPC de las diferencias por facturación asociada a los mecanismos de estabilización. Pero ¿qué pasa del 2019 hacia atrás? Porque el 2019 se congelaron las tarifas. Entonces, ¿qué pasó en 2019 hacia atrás, el error persistía, hay que modificar o hay que reliquidar algo?“.

Cabe señalar que el PNP es clave para definir las tarifas eléctricas de los clientes regulados, pues considera los costos de suministro del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), incorporando contratos de suministros y otros mecanismos de estabilización de tarifas.

Verdejo explica que “el decreto que ya cursó la Contraloría General está única y exclusivamente la devolución producto del error metodológico del doble IPC en las diferencias de facturación. Las devoluciones por los cargos de transmisión ya están aplicadas”.

El experto eléctrico aclara que "para que las tarifas sean efectivas falta que se publiquen en Diario Oficial, que probablemente eso va a ser mañana (viernes) o lunes a más tardar”.

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