Luego que este marte el Tribunal Constitucional declarara admisible el requerimiento de inaplicabilidad presentado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta para que el organismo dirima respecto de la opción de que los afiliados puedan retirar su ahorros previsionales, el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg dijo que esa posibilidad era esperable.

"Era bastante previsible porque acuérdese usted que la admisibilidad es más bien una evaluación de cumplimiento de requisitos para presentar el reclamo, más aún viniendo de una Corte de Apelaciones, era previsible que se declarara admisible, esto no implica ningún pronunciamiento respecto del fondo", dijo en entrevista con T13 Radio.

En este sentido enfatizó que la decisión "en absoluto involucra una aceptación de la argumentación que implica ese reclamo".

Asimismo reiteró su convencimiento de que el TC determinará que la seguridad social establece en Chile que las cotizaciones son obligatorias y son para pensiones.

Respecto a los pasos a seguir dijo que "estamos evaluando, ahora se notifica a la Cámara de Diputados, al Senado y al Presidente de la República y las tres partes tienen la posibilidad de hacerse parte. Es una decisión que se tomará oportunamente y tiene que tomarla el Presidente de la República", indicó.

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional acordó este martes por unanimidad declarar admisible el requerimiento de inaplicabilidad presentado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta para que este decida sobre la posibilidad de retirar los recursos previsionales, en el contexto de la tramitación de un recurso de protección presentado por una profesora que busca sacar sus ahorros en AFP Cuprum.

"La Sala integrada por su presidenta, ministra señora María Luisa Brahm Barril, y los ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González, acordó, en resolución unánime del día de hoy, declarar admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, respecto del "Decreto Ley 3.500 especialmente sus artículos 23, 34 y 51 ", señaló el TC.

Asimismo indicó que "de conformidad a lo prescrito en la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, se conferirá traslado por veinte días a las partes de la gestión que se sigue ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, a S.E. el Presidente de la República, al H. Senado y a la H. Cámara de Diputados para que, si así lo estiman, se pronuncien respecto del conflicto de constitucionalidad expuesto por la Corte requirente".

El TC resolvió también mantener la suspensión del recurso en la Corte, decretada el 24 de septiembre cuando el requerimiento se admitió a trámite, hasta que se resuelva respecto de la solicitud de la Corte.

El propósito de la Corte es que el TC determine si es aplicable el Decreto Ley 3.500, el cual creó el sistema de capitalización individual en 1980. De este modo, una vez que el TC se pronuncie, la Corte de Antofagasta entregaría su fallo al respecto.

Mediante el recurso la profesora sostiene que busca retirar sus ahorros en AFP Cuprum con el fin de prepagar un crédito hipotecario, usando como argumento que pasó de percibir un sueldo de $1,2 millón a una pensión mensual de $185.000 cuando se jubiló.

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