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Perú rechaza fallo de grupo de la ONU y afirma que no está obligado a liberar a expresidente Pedro Castillo

La Cancillería del país vecino sostuvo que el pronunciamiento sobre la detención del exmandatario carece de efectos jurídicos vinculantes, luego de que el organismo internacional la calificara como arbitraria y solicitara su excarcelación inmediata.

El expresidente de Perú, Pedro Castillo. Foto: Europa Press/Contacto/Mariana Bazo - Archivo. Europa Press/Contacto/Mariana Ba

La Cancillería de Perú señaló este sábado que la opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA) del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que concluyó que la detención del expresidente Pedro Castillo fue arbitraria y debe ser liberado, no es una decisión jurisdiccional obligatoria.

A través de un comunicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores sostuvo que el informe carece de carácter vinculante y no altera en modo alguno las decisiones tomadas por las autoridades peruanas, y subrayó que el propósito de las opiniones no es otro que “promover el diálogo y la cooperación internacional en materia de Derechos Humanos”.

En ese sentido, explicó que el grupo en cuestión “es un Procedimiento Especial del Consejo de Derechos Humanos de (la ONU), integrado por profesionales independientes que, en el marco del mandato conferido por dicho órgano, examinan comunicaciones individuales y formulan opiniones y recomendaciones dirigidas a los Estados”.

Luego la cartera de Exteriores recordó que, “conforme al Derecho Internacional Público, las opiniones del Grupo de Trabajo constituyen pronunciamientos emitidos por un mecanismo de supervisión no jurisdiccional”.

Por tanto, reiteró, “sus opiniones no tienen la naturaleza jurídica de una sentencia internacional, no constituyen decisiones jurisdiccionales obligatorias y no producen, por sí mismas, efectos directos en el ordenamiento jurídico interno y, por tanto, no modifican las decisiones que adopten las autoridades nacionales competentes”.

Este pronunciamiento llega después de que el GTDA concluyera este jueves que la detención del expresidente, que tuvo lugar en el marco de una investigación por un presunto intento de golpe de Estado en diciembre de 2022, fue “arbitraria” y pidiera que fuera puesto en libertad de forma inmediata.

Para los expertos de la ONU, dicha arbitrariedad se debe a que vulneraría los artículos 3, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos -derechos a la libertad, a no ser detenido arbitrariamente, a un tribunal independiente y a la presunción de inocencia-, y los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que hacen énfasis en el derecho a la libertad y la igualdad ante los tribunales.

En base a ese documento, el propio Castillo reclamó este viernes a través de redes sociales su liberación, argumentando que la “histórica decisión” viene a confirmar “de manera inequívoca” que su encarcelamiento no tuvo justificación y que el Estado peruano “violentó flagrantemente” sus Derechos Humanos.

El exmandatario apeló asimismo a “todos los organismos nacionales e internacionales de protección de los Derechos Humanos, así como a las instancias de la administración de justicia de Perú” para que acaten “de inmediato” y apliquen “lo dispuesto por esta instancia de Naciones Unidas”, pues de ignorarlo se coloca al Estado peruano “en una condición de abierta rebeldía y de vulneración del derecho internacional”.

Castillo se encuentra cumpliendo una pena de 11 años de prisión por delitos de rebelión a causa del intento fallido de autogolpe de Estado en diciembre de 2022, cuando intentó disolver el Congreso y convocar una nueva constituyente en respuesta al bloqueo que el Legislativo impuso a sus intentos de poner en marcha nuevas leyes.

Además de esta condena, Castillo tiene abierto otro frente judicial por presunta corrupción y liderazgo de una organización criminal.

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