Las principales claves del proyecto de Reforma Laboral
El 5 de enero comenzará la discusión de la iniciativa, que tiene dentro de los ejes principales, el reconocimiento de la titularidad sindical.
Esta mañana la Presidenta Michelle Bachelet firma el proyecto que enviará al Congreso la reforma laboral.
Uno de los aspectos que considera el proyecto del gobierno es el reconocimiento a la titularidad sindical, donde si el empleador quiere extender los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores que no están sindicalizados debe hacerlo con la anuencia del sindicato.
Acá te presentamos las claves principales de la iniciativa gubernamental:
MERCADO LABORAL
-Creación de empleos con protección social y salarios adecuados
-Incorporación de más personas al mercado laboral
-Mejoramiento de la productividad de los trabajadores a través de la capacitación
-Fortalecimiento y modernización de la institucionalidad laboral
-Mesa Empleabilidad: Ampliación y mejoramiento de los instrumentos de capacitación
-Ampliación de la cobertura y simplificación de los mecanismos de acceso del Bono Trabajador Mujer y del Subsidio al Empleo Joven o Perfeccionamiento del seguro de cesantía.
-Ampliación de los sistemas de cuidado infantil con el objeto de mejorar la participación laboral de las mujeres o Estatuto para los trabajadores agrícolas de temporada.
-Modernizar las relaciones laborales, ampliando y mejorando la calidad de la negociación colectiva y el fortalecimiento sindical
-En el contexto del Acuerdo de Salario Mínimo 2014, se crea la Comisión Asesora Salarial del Mercado del Trabajo encargada de emitir un estudio sobre la situación salarial del mercado del trabajo chileno, con propuestas para que los ingresos del trabajo permitan superar la pobreza. En esta comisión están representados, trabajadores, gremios, expertos y autoridades.
-Se crea la Mesa del Sector Público con el objetivo de estudiar la institucionalización de modalidades eficaces de negociación colectiva en el sector público.
AGENDA LABORAL
-Ampliar y mejorar la calidad de la Negociación Colectiva, promoviendo relaciones laborales basadas en el diálogo, la cooperación y el equilibrio entre las partes.
-Fortalecer la participación sindical, promoviendo un movimiento sindical de calidad que contribuya al desarrollo del país, de las empresas y de los trabajadores.
Para lograr estos objetivos, las medidas serán la ampliación de cobertura, es decir, los trabajadores que hoy están excluidos de ejercer este derecho y que -en los hechos- muchas veces negocian (particularmente los trabajadores por obra o faena transitoria). También se contempla reducir las hipótesis de exclusión de los denominados "trabajadores de confianza" (limitando la restricción a los trabajadores que efectivamente tienen facultades de representación del empleador o están dotados de facultades generales de administración).
Por otro lado, también la simplificación del procedimiento, inspirado en el principio de la buena fe, que amplíe los espacios de diálogo entre los actores de la relación laboral y se oriente al acuerdo y no a la conflictividad. El procedimiento también busca asegurar igualdad de medios entre las partes e introduce reuniones de asistencia técnica para la negociación, con énfasis en el apoyo a las empresas de menor tamaño. Se reducen los plazos, se enfatiza la bilateralidad del proceso y se refuerzan los instrumentos de mediación durante el proceso de la negociación.
Se pretende ampliar el derecho de información a los sindicatos con el objeto de promover negociaciones más técnicas, simétricas e informadas, lo que contribuye a ajustar las expectativas de las partes durante el proceso de negociación al conocer el estado real de la empresa. Considera información periódica (financiera y contable) e información específica para la negociación (estructura, dotación y costos de personal), ambos tipos de información deben ser entregadas a los sindicatos. Se establece deber de reserva del sindicato sobre la información que se le entregue por la empresa.
En cuanto al piso de la negociación, la respuesta del empleador no puede contener estipulaciones inferiores al contrato colectivo vigente. Después que el empleador conteste el proyecto presentado por el sindicato, las partes pueden negociar abiertamente y sin restricciones (pueden eliminar, sustituir, conmutar o incorporar beneficios).
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