Cartas al Director

Ley Nain-Retamal

Foto: Jonnathan Oyarzún / Aton Chile. JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

SEÑOR DIRECTOR:

La Ley N° 21.560 modificó diversas normas para fortalecer y proteger el ejercicio de la función policial y de Gendarmería.

Entre sus efectos, restringe el acceso a penas sustitutivas y a la libertad condicional en delitos graves cometidos contra policías, gendarmes y, en ciertos casos, contra miembros de las Fuerzas Armadas que actúan en funciones de orden público. Asimismo, amplía el ámbito de protección penal al aplicarse a hechos cometidos “en razón de su cargo o con motivo u ocasión del ejercicio de sus funciones”, junto con introducir medidas procesales favorables a los funcionarios, como su consideración inicial como víctimas o testigos.

Uno de los aspectos más problemáticos es la reforma del delito de apremios ilegítimos, que ahora exige la infracción de reglamentos, reduciendo significativamente los márgenes de aplicación, lo que no resulta coherente con los estándares derivados de los tratados internacionales. Además, el alcance de la expresión “reglamentos” deberá interpretarse.

El otro aspecto es la ampliación de la legítima defensa privilegiada al establecer una presunción legal de uso racional de la fuerza cuando funcionarios actúan en contextos de orden público y seguridad pública interior, sin incorporar los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza, homologando el estándar defensivo de los particulares con el de agentes del Estado, sumado a la posibilidad de rebajar la pena hasta en tres grados en caso de uso excesivo del arma.

Varios de estos efectos fueron advertidos durante la tramitación por un amplio grupo de académicos de Derecho Penal y Criminología del país, sin ser considerados en el acelerado debate legislativo.

Rocío Sánchez Pérez

Académica Derecho UNAB

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