Barreras de entrada a las ERNC
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SE PODRIA afirmar que hay consenso a nivel mundial y nacional sobre las ventajas de la incorporación de energías renovables no convencionales a la matriz de generación eléctrica. Sin embargo, en lo que aún parece no haber consenso, al menos en Chile, es en las medidas que debe adoptar el Estado para lograr su incorporación.
Si bien la publicación de la Ley 20.257, que establece la obligación de que un 5% de la energía comercializada en los principales sistemas eléctricos debe provenir de este tipo de fuentes, ha sido un aporte a su desarrollo y se ha logrado la construcción de un número importante de centrales de este tipo, para lograr el cumplimiento de la ley se requieren algunas disposiciones adicionales y, para ello, vale la pena observar los problemas reales que están enfrentando los desarrolladores actuales.
Las dificultades más significativas están relacionadas con la tramitación y los costos de la conexión de las pequeñas centrales a los sistemas eléctricos, a través de instalaciones de subtransmisión o distribución que son de propiedad de las distribuidoras eléctricas o empresas de transmisión. En este contexto, un excelente incentivo para el desarrollo de estas fuentes sería que se las libere de la obligación del diseño y ejecución de las obras de conexión a la red eléctrica, y que ésta recayera en los propietarios de dichas instalaciones, para quienes, por lo demás, es su negocio medular: construir redes y cobrar peaje por el uso de éstas.
A nivel internacional, se observa que este incentivo está establecido en la Ley de Energía Renovable de Alemania. La experiencia también indica que la preparación de los estudios de ingeniería para la conexión de las centrales ERNC, por parte de las empresas promotoras de los proyectos, significa una alta inversión en comparación con los costos en que incurrirían las empresas de distribución o transmisión para realizar la misma labor, debido, fundamentalmente, a que estas últimas cuentan con equipos y profesionales que conocen sus instalaciones y con experiencia en este tipo de estudios. De la misma forma, las empresas de transmisión y distribución presentan economías de escalas en las compras de equipos y en la contratación de obras para la conexión de centrales. Las empresas de transmisión y/o distribución recuperarían las inversiones realizadas a través de los distintos cargos tarifarios que cobran a sus usuarios, en función del marco regulatorio vigente.
Esta medida traería enormes beneficios, debido a que se optimizarían recursos para la construcción de las obras de conexión a la red de las centrales ERNC, logrando con ello un incentivo para la realización de este tipo de inversiones, y no significaría perjuicio alguno a las empresas de transmisión y distribución, debido a que rentarían su inversión a través de los cargos tarifarios. La inclusión real de las fuentes renovables no convencionales de menor tamaño en la matriz de generación eléctrica sólo se logrará resolviendo los problemas reales que los desarrolladores de proyectos enfrentan en un mercado con grandes asimetrías como el chileno.
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