Canonistas comparan graves sanciones con las aplicadas a Marcial Maciel

<P>Antes de ser nombrado Papa estaba a cargo de indagar estos casos.</P>




Al igual que Fernando Karadima, el fundador de los Legionarios de Cristo, Marcial Macial, fue sancionado en 2006 con la renuncia a su ministerio público y se le impuso el retiro a una vida de oración y penitencia.

Ana María Celis, académica de la Universidad Católica y experta en Derecho Canónico, señala que las penas aplicadas a Karadima "son bien graves, justo antes de la dimisión de estado clerical, que es la más grave". Agrega que "la pena se aminora en contemplación al estado de salud y a la edad del acusado".

En ese contexto, Celis reconoce que "se aplicó un criterio similar al del padre Marcial Maciel, a quien también se le atenuó la pena en virtud de su avanzada edad".

El sacerdote jesuita Marcelo Gidi, doctor en Derecho Canónico, coincide en que, en el caso de Maciel, "se consideraron los mismos elementos para determinar el tipo de sanción". Agrega que la pena más grave que recibe es la suspensión perpetua del ejercicio público del ministerio, que implica que "privadamente puede seguir realizando misas, pero no puede hacer nada más, o sea, no puede celebrar matrimonios, no pueder celebrar funerales, ni menos confesar ni dirigir espiritualmente a ninguna persona".

Por su parte, Augusto Rojas, presidente de la Asociación de Derecho Canónico de Chile y vicario judicial de la Diócesis de Rancagua, destaca que el Vaticano tuvo en consideración la edad de Karadima (80 años) y afirma que a Maciel "se aplicó una sanción similar también debido a la edad". En todo caso, precisa que hubo diferencias debido al contexto cultural.

Rojas agrega que el sacerdote deberá permanecer "recluido en un domicilio fijo, sin recibir visitas, salvo que tenga autorización del Arzobispado".

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