Certeza en libre competencia
ANTE LA controversia producida entre el Senado y la Cámara de Diputados respecto de a qué entidad le cabría iniciar una acción penal frente a un caso que atente contra la libre competencia -si al Ministerio Público o a la Fiscalía Nacional Económica (FNE)-, la comisión mixta zanjó las diferencias y resolvió que dicha acción será privativa del Fiscal Nacional Económico, si bien en aquellos casos que resulten especialmente graves obligatoriamente deberá presentar una querella. Se estableció un plazo máximo de seis meses para iniciar la acción penal -contados desde que el Tribunal de la Libre Competencia haya emitido su fallo-, cuyos fundamentos deberán ser explicados en detalle, igualmente si el fiscal decide no gatillar una acción penal.
La discusión se da en el marco de los cambios que impulsó el gobierno a la normativa sobre libre competencia, donde entre otros aspectos se introduce el delito de colusión y pena de cárcel de hasta 10 años, y se modifican las sanciones económicas, reemplazando el sistema de multas por hasta el doble de los beneficios que logró obtener el infractor, o hasta un 30% de las ventas durante el período en que se cometió la colusión.
La solución a la que llegó la comisión mixta respecto a cómo se gatilla una acción penal parece acertada, lo que ayuda a mantener en pie el mecanismo de la delación compensada -herramienta eficaz para desbaratar carteles-, el cual se vería seriamente resentido si acaso las partes que se autodenuncian pudieran ser objeto de una acción penal discrecionalmente. Esta, al quedar radicada en la FNE, mantiene el desarrollo del proceso dentro del organismo técnico respectivo, el que podría estar mejor calificado para determinar si procede además dar curso a la arista penal. Esta solución contribuye a dar más certeza jurídica y evita que se repitan casos en que el Ministerio Público presentó querellas a quienes se habían autodenunciado.
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