Chile gana juicio a pesquera española ante el Ciadi

<P>Tribunal rechazó la anulación que solicitó la hispana del primer fallo que se emitió en agosto de 2007. </P>




Un duro revés sufrió la pesquera española Sociedad Anónima EduardoVieira en su demanda contra el Estado de Chile, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi). Un comité ad hoc del tribunal internacional rechazó la anulación que solicitó la hispana del fallo que emitió el organismo dependiente del Banco Mundial, en agosto de 2007.

En el documento, el Ciadi le dio la razón a Chile en un arbitraje iniciado por la pesquera, por un supuesto rechazo ilegal por parte de la Subsecretaría de Pesca de la época, de la ampliación de los límites de captura de merluza en aguas exteriores. La empresa exigía una reparación por US$ 25 millones.

Un fallo unánime, notificado el 16 de diciembre, confirmó el dictamen de 2007, por lo que se le da la razón a Chile. Además, se estableció que la empresa hispana debe pagar las costas y honorarios del comité que integra el Ciadi y de los gastos en que se incurrió en el proceso.

Origen de la disputa

El 5 de noviembre de 2003, Eduardo Vieira, que en Chile opera la filial Concar, en Punta Arenas, solicitó al Ciadi iniciar un arbitraje. Su principal argumento fue que el Estado chileno debió haber respetado el Acuerdo para la Protección y Fomento Recíproco de Inversiones, firmado entre Chile y España, el 2 de octubre de 1991.

El pacto está vigente desde el 29 de marzo de 1994 e indica que se aplicará a las inversiones que se realicen a partir de su entrada en vigor, por inversionistas de una parte en el territorio de la otra. El convenio protege a las inversiones realizadas con anterioridad a su vigencia y que tuvieren la calidad de inversión extranjera.

En su dictamen de 2007, el Ciadi señaló que el compromiso no se aplicará a las controversias o reclamaciones surgidas o resueltas con anterioridad a su entrada en vigor, por lo que el fallo le dio el favor al Estado chileno.

No conforme con el dictámen, a fines de 2007, la pesquera presentó ante el tribunal una solicitud de anulación. La petición se basó en violaciones de normas del procedimiento, extralimitación de las funciones del tribunal y falta de motivación del dictamen arbitral. El nuevo tribunal determinó ahora que el Ciadi "no quebrantó una regla fundamental del procedimiento y que no hay lugar a la anulación del dictamen" de 2007.

En el proceso, Chile fue representado por el estudio Bofill Mir & Alvarez Jana, apoyado por el abogado Paolo Di Rosa, de Arnold & Porter LLP, y el equipo jurídico del Ministerio de Economía. Andrés Jana, socio del bufete chileno que lideró la defensa, sostiene que el fallo establece precedentes relevantes en materia de arbitraje de inversión e interpretación de los múltiples tratados suscritos por Chile. "Robustecerá la posición de nuestro país en posibles futuras disputas con inversionistas al amparo de Tratados de Protección de Inversiones", dice Jana.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.