Derechos humanos y RSE
EL CUMPLIMIENTO de los derechos humanos había sido interpretado como un área de competencia de los estados, organismos internacionales y ONG en las que las empresas se limitaban a respetar la normativa vigente en aquellos países donde mantienen operaciones. Sin embargo, la globalización trajo consigo un explosivo crecimiento de las entidades transnacionales a nivel mundial, generando mecanismos de rendición de cuentas sobre sus repercusiones en derechos humanos. Hoy su observancia constituye una parte esencial de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), tanto desde el punto de vista ético como por el impacto en la reputación de las empresas. El reciente incidente de transnacionales ocurrido en Bangladesh, donde fallecieron 1.127 personas tras derrumbarse el edificio en el que laboraban, se suma a una larga cadena de malas prácticas registradas desde inicios de los 90. En la actualidad, la mayoría de las empresas cuentan con un potencial para generar inversión, crecimiento y empleo digno, y de paso coadyuvar al fortalecimiento de la democracia. De allí que la creación del consejo nacional sobre RSE constituirá una valiosa herramienta para establecer una política nacional. Su observancia tenderá tanto a fortalecer ventajas competitivas y su potencial de negocios, como evitar el cuadro que enfrenta Pascua Lama, entre otras. No obstante las diferencias de enfoque existentes entre RSE y derechos humanos, ambos mantienen un alto grado de complementariedad. La primera presenta la dimensión ética del desarrollo sostenible, amparada en la existencia de derechos y libertades fundamentales, amén de las condiciones sociales adecuadas. En junio del 2011, el Consejo de DD.HH. aprobó los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos, encargados de asignarles roles y responsabilidades, lo que perfeccionará la gobernanza global a partir del mejoramiento de aquella correspondiente a los estados, empresas y sociedad civil. Tal decisión obedece a los magros resultados en la protección de los DD.HH. frente a actividades empresariales y la mayor visibilidad otorgada a los casos de abusos. Pese a las presiones principalmente de la sociedad civil en cuanto a darle un carácter obligatorio al cumplimiento de la RSE, aún subsiste la reticencia de varios estados y empresas. Por ahora se busca alcanzar un consenso sobre cómo operacionalizar estos principios rectores, capacitar a los responsables de su implementación, incluyendo la creación de mecanismos de reclamo que funcionen. Se agrega la obtención de financiamiento y mejorar la medición del costo para empresas y estados que no cumplen con los DD.HH.
En lo que resta de este año se espera que algunas empresas y consultoras desarrollen medidas alineadas con el nuevo marco, que les permitan evaluar, mitigar y remediar abusos, al mismo tiempo que diferenciarse de sus competidores. Falta resolver el papel que cumplirán los estados. La aplicación de los derechos humanos constituye un filtro para la definición de una política de RSE que se condiga con los principios y valores que animan el comportamiento nacional e internacional de Chile. Ese será el principal desafío a enfrentar por el nuevo consejo con el apoyo de la mesa de trabajo y los sectores involucrados.
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