Discusión de la eutanasia




Señor director:

Nuestra legislación no prohíbe que un sujeto cometa suicidio, sea en estado de tentativa o frustrado. A su vez, cuenta con plena autonomía la persona enferma terminal que decide no someterse a cualquier tratamiento médico.

Sin perjuicio de lo anterior, un sujeto informado que su estado de salud es terminal, no puede negarse a recibir un tratamiento si en algún caso ello pueda implicar acelerar artificialmente la muerte, es decir, realizar prácticas eutanásicas.

Este planteamiento invita a preguntarnos si es consecuente que una persona tenga la elección de suicidarse, independiente de sus motivaciones psicológicas y, por otra parte, iniciado un tratamiento médico permanente e informada de su estado terminal, no pueda decidir soberanamente negarse a mantener las medidas de soporte vital bajo el motivo de acortar la agonía y el sufrimiento de su propia vida.

Daniel Hasson Kalkstein

Abogado

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