El cambio que preocupa a la AFP más barata del mercado
<P>Planvital sigue de cerca la futura postergación del ingreso obligatorio de los trabajadores independientes al sistema. La AFP ya se reunió con el Ministerio del Trabajo.<B> </B>En la industria creen que la gestora debería ser compensada por el cambio en las condiciones de la licitación de nuevos afiliados que ganó este año.</P>
UNOS 780.000 nuevos afiliados cada 24 meses, con una renta promedio de 11 UF. Este es el dato promedio que arroja la base estadística que la Superintendencia de Pensiones entregó hace un año como insumo a las AFP interesadas en participar de la última licitación de cartera de nuevos afiliados al sistema y que en enero pasado dio por ganadora a Planvital.
Para quedarse con el negocio, la administradora ofreció la comisión más baja de la industria: 0,47% de la renta imponible del cotizante, y con eso automáticamente será la AFP de todos quienes por primera vez ingresen al régimen de pensiones privado. Hoy, 10 meses después, la firma enfrenta un dilema para su negocio, debido a la decisión del gobierno de revisar el calendario original de ingreso obligatorio al sistema de los trabajadores a honorarios.
El ingreso obligatorio de los trabajadores independientes a las AFP es uno de los cambios clave de la reforma previsional de 2008. Dado el carácter de nuevos afiliados de muchas de esas personas, también están obligadas a ingresar a la administradora que haya ganado la licitación de cartera a la fecha de ingreso al sistema. Si bien en la primera licitación, en noviembre de 2009, el proceso de entrada de esos trabajadores no había comenzado, el potencial universo de clientes que representan sí fue considerado como una variable para las administradoras que participaron en las dos licitaciones siguientes, de noviembre de 2011 y noviembre de 2013 (ver infografía).
En Chile hay poco más de 1,5 millón de trabajadores por cuenta propia, según el INE. Datos de la Superintendencia de Pensiones indican que sólo unas 70.000 personas en esa condición laboral cotizan de manera regular. Pero tras cruzar información de organismos previsionales, el SII y la Tesorería, un estudio de noviembre de 2012 de la Subsecretaría de Previsión Social concluyó que los trabajadores a honorarios (que emiten boleta) sumaban 1,2 millón de personas y que, de ellos, entre 200 mil y 250 mil nunca habían cotizado en una AFP y debían ingresar al sistema tras la reforma.
El cambio en las condiciones a partir de las cuales Planvital -la AFP más pequeña del mercado, con 395 mil afiliados a septiembre, un 4% del total- diseñó su negocio para ofertar la comisión que le adjudicó la última licitación es un tema que preocupa en la compañía, donde ya iniciaron las conversaciones con el Ejecutivo e incluso se han reunido con el subsecretario de Previsión Social, Marcos Barraza, confirman al interior de la administradora. "Queremos dejar en claro que tenemos la capacidad suficiente para enfrentar los compromisos asumidos en la licitación y ninguno de estos temas cambiará esa realidad", aseguran en la AFP.
1. El calendario
Según la reforma, entre 2012 y 2014 los trabajadores a honorarios están obligados a cotizar para pensión y seguridad laboral, vía pagos mensuales en una AFP. Si no lo hacen, el equivalente al total de las 12 cotizaciones del año se les descuenta en la Operación Renta del ejercicio siguiente, salvo que expresen su negativa al Servicio de Impuestos Internos (SII). En la última Operación Renta, casi 700 mil personas rechazaron cotizar como independientes.
El descuento, en la ley de 2008, se organizó de manera gradual: en 2012, por el 40% de la renta imponible; en 2013 por el 70% y desde este año, por el 100%. Pero desde 2015, los trabajadores independientes no podrán negarse a cotizar su renta ante el SII. También se señala que la obligación de cotizar para salud se hace efectiva sólo a partir de los honorarios generados en 2018.
La reforma también establece que los independientes pagarán una tasa de cotización del 10% más la comisión que cobra la AFP que haya ganando la última licitación de cartera -en el caso actual Planvital, con el 0,47%- y otro 2,5% para cubrir el seguro de invalidez y sobrevivencia y el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Sin embargo, debido a que la cotización para salud es obligatoria sólo desde el año 2018, en la práctica los trabajadores independientes no pueden hacer uso del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, aun cuando hayan pagado sus cotizaciones debidamente.
2. Estaba en el programa
La revisión del calendario para el ingreso obligatorio de los trabajadores independientes al sistema de AFP es uno de los compromisos que la Presidenta Bachelet suscribió en su programa de gobierno. "La reforma previsional de 2008 generó la obligatoriedad de cotización para los trabajadores independientes remunerados por medio del pago de honorarios. Lamentablemente, en los últimos años no se avanzó adecuadamente en esta materia, en especial, en lo relativo a la educación previsional de este grupo de trabajadores. Por esto, revisaremos la gradualidad de incorporación de los trabajadores independientes y de los instrumentos de recaudación que tomen en cuenta la precariedad de sus rentas", señala el programa.
"La evaluación es que el proceso no ha sido el esperado, por razones económicas y por falta de educación previsional en ese sector", dicen en el gobierno. Pero en Planvital aclaran que "eso no cambia nada lo dicho anteriormente, ya que lo que importa son las leyes vigentes al momento de efectuarse la licitación y de adjudicarse ésta a Planvital, y no las proposiciones o ideas que puedan existir en un programa de gobierno".
"Tenemos nuestras proyecciones sobre el universo de trabajadores independientes que se incorporarán a Planvital producto de la licitación ya adjudicada, y éste es un número importante de trabajadores. El universo de personas que prestan servicios a honorarios y que a la fecha no se encuentran afiliados al sistema de AFP, es un dato que tiene el SII. Por tanto, de existir un cambio en las condiciones de la licitación de afiliados ya adjudicada, como lo sería la postergación de la obligatoriedad de cotizar de aquellos trabajadores, el cálculo del impacto que ello genera para Planvital y del monto de las compensaciones procedentes, será algo bastante sencillo de determinar", dicen en Planvital.
¿Debiera el Estado chileno compensar a la empresa por este cambio que, además, requiere proyecto de ley? La AFP prefiere no opinar, pero en la industria estiman que el Estado debiera resarcirla si hace la modificación. Agregan que las retribuciones por cambios en las bases de licitaciones o en el sistema previsional no son una rareza y que, de hecho, ha ocurrido antes con la Administradora del Fondo de Cesantía, cuando se han modificado las condiciones sobre las cuales se adjudicó la licitación del servicio.
3. Las alternativas
El impacto que la resolución del gobierno podría tener sobre el negocio de Planvital en particular, pero también a nivel del sistema de pensiones en general, es un tema ya instalado en la industria, donde siguen de cerca las declaraciones que los ministros de Hacienda, Alberto Arenas, y del Trabajo, Javiera Blanco, han ido entregando al respecto. Esta semana ambos personeros informaron al Congreso que la propuesta que hará el Ejecutivo para aplazar o flexibilizar el ingreso obligatorio de los trabajadores a honorarios se comunicará sólo después de que conozcan el informe final de la Comisión Bravo, el que debiera contener recomendaciones en esa dirección y que tiene que ser entregado a la Presidenta Michelle Bachelet en enero próximo.
Sin embargo, altos ejecutivos ligados a las administradoras coincidieron en que el gobierno les ha hecho saber que la alternativa o fórmula que se está explorando busca mantener la obligatoriedad de ingresar al sistema de AFP, pero flexibilizando el costo económico de aquello para los trabajadores. Para eso, una opción que ha cobrado fuerza es una aplicación gradual de la tasa de cotización, posiblemente ajustando el valor por la vía de eximirlos del pago del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, dado que hoy no lo pueden usar, o en una alternativa que mantiene la lógica del diseño original, graduando nuevamente el porcentaje de los honorarios imponibles, en una estructura similar a la usada en los tres primeros años de vigencia de la ley.
En la industria de las AFP, su presidente, Rodrigo Pérez Mackenna, coincide en que, sea cual sea la fórmula que se adopte, hay dos puntos que el gobierno ha dejado en claro en las conversaciones y señales que ha enviado a los privados. "La obligatoriedad es un tema fundamental, porque se trata de trabajadores que presentan grandes lagunas previsionales, y hay disposición para corregir aquellas normas que, tras una evaluación de los equipos del gobierno y de las propias administradoras, se consideran mal diseñadas o que presentan una dificultad que puede ser resuelta, en tanto haya voluntad y la hay", afirma.
Una de ellas es la imposibilidad de que los trabajadores independientes pueden hacer uso del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales habiéndolo pagado en la cotización.
Otro punto que está en la ley y que será sujeto de revisión por parte del gobierno son los mecanismos de recaudación de las cotizaciones, lo que confirman fuentes cercanas a ambos ministerios.
Por una parte, agrega un asesor de una de las carteras, porque hay sectores de trabajadores por cuenta propia y a honorarios a quienes la precariedad y temporalidad de sus ingresos hace impracticable el descuento total de 12 cotizaciones en la devolución de impuestos y en algunos casos incluso podría no alcanzarles la devolución para ello, riesgo que se agudiza más en ciclos económicos de bajo crecimiento como el actual. "Eso ha sido infructuoso de aplicar en muchos casos, porque en ese grupo existe fuerte tendencia a subdeclarar ingresos para evitar mayores impuestos o incluso eludirlos", aclaran en el Ministerio del Trabajo.
Pero también porque la reforma estableció que una vez que el ingreso y cotización de los trabajadores sea totalmente obligatorio, las AFP están obligadas por ley a ordenar la cobranza judicial a esos trabajadores, es decir, deben llevar a sus propios clientes a la justicia por no cotizar. "Entendemos que hay un problema en su origen que tiene que ver con dos temas que corregir: uno, es un seguro por el que se paga, pero no se puede usar. El segundo, es que quienes no pagan su cotización quedan como deudores de si mismos y las AFP tienen que hacer una cobranza judicial. Son temas a corregir", concluye Pérez Mackenna.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.