Indemnizaciones por daño moral
Señor director:
El Tribunal Constitucional (TC) está debatiendo la eventual inconstitucionalidad del artículo 2331 del Código Civil, que restringe las indemnizaciones por daño moral, en caso de delitos contra la honra, cuando no se ha probado el dolo o malicia.
Esto es muy relevante para el ejercicio de la libertad de expresión, particularmente en el caso del periodismo investigativo y de denuncia, por lo que su eventual derogación podría representar un serio retroceso, en un ámbito tan sensible para la democracia como es la libertad de expresión.
La Suprema Corte de EEUU, en el caso Snyder vs. Phelps (2 de marzo de 2011), en un fallo de ocho contra uno, resolvió que con respecto a demandas por daño moral, aun en casos de expresiones que deliberadamente puedan causar daño emocional, están amparadas por la Primera Enmienda, que protege la libertad de expresión.
Esperamos que en Chile prevalezca la doctrina de las democracias más avanzadas en materia de libertad de expresión, lo que en ningún caso representa una desprotección de la honra.
De hecho, el TC puede, en casos específicos que lo ameriten, resolver la inaplicabilidad del 2331, sin que sea necesario derogarlo por inconstitucional.
Luis Pardo Sáinz
Presidente de la Federación de Medios de Comunicación Social de Chile
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