La figura del sostenedor de colegios
Señor director:
Cuando se inició el sistema de subvenciones y antes, en los años 80, la institución del sostenedor educacional fue determinante para impulsar la cobertura. El sostenedor, con su patrimonio, era colaborador de la función educacional del Estado. En muchas oportunidades sacrificaba sus ingresos y propiedades sin ninguna retribución, vocación pedagógica de la que nunca se dudó.
Antes de la dictación de la ley de subvenciones -decreto Ley Nº 3476 de 1980 de educación- este sostenedor particular recibía un aporte del Estado una o dos veces al año, para solventar gastos en los que incurría el dueño de la escuela, entre otros, las remuneraciones de los docentes. Con el correr del tiempo este sostenedor legítimamente se transformó en una especie de empresario de la educación, que adaptó una casa de esquina e instaló una escuela -cuando los requisitos para ser “cooperador de la función educacional del Estado” eran muy bajas- percibiendo subvención, esta vez mensualmente, por asistencia.
Hoy, esos pioneros con verdadera vocación educacional -muchos profesores- constituyen todavía un alto porcentaje; sin embargo, destacan mucho más las cadenas de colegios que, aplicando criterios de mercado, han crecido gracias a los cuantiosos recursos públicos transferidos, sin tener un impacto real en la calidad.
Jorge Bravo Santos
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