Extensos procesos penales
11 ENERO
“En mi opinión, la prisión preventiva debe ser una medida cautelar excepcional, destinada a asegurar la realización de los fines del procedimiento judicial, no un castigo previo a la condena ni una respuesta a la presión social. Su mal uso vulnera la presunción de inocencia y puede tener consecuencias irreparables e irreversibles en la vida y reputación del imputado, además de debilitar la confianza pública en el sistema judicial”.
Columna de Josefina Montenegro: ¿La prisión preventiva vulnera la presunción de inocencia?
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