Por Juan Manuel OjedaNotarías y conservadores tendrán nuevo tarifario: Justicia avanza en fijación de aranceles máximos para todo el sistema
El decreto con fuerza de ley debe pasar por el trámite de toma de razón de la Contraloría. El primer pasó será convocar a una comisión técnica de cuatro expertos. La tabla superior de precios, a su vez, deberá estar lista como máximo 36 meses después de publicado el decreto.

La reforma notarial y registral no solo cambió el proceso de selección y jubiló a 35 auxiliares de la justicia mayores de 35 años, sino que también implementó una serie de otros cambios.
Entre ellos está la fijación de nuevos aranceles máximos. Uno de los aspectos que intentó corregir la reforma fue el alto costo que exigen los trámites notariales, algo que afecta directamente el bolsillo de las personas en aspectos cotidianos de su vida. Y junto con eso, se intentó corregir la opacidad del sistema respecto de las diferencias de cobro en un lugar y otro.
Para avanzar en este aspecto de la reforma notarial, el ministro de Justicia, Fernando Rabat, dejó ingresado a la Contraloría el Decreto con Fuerza de Ley que determinará “las bases de los procedimientos y normas a que deberá ajustarse el establecimiento de las tarifas y cobros” por la prestación de servicios notariales y de registro.

El primer paso será convocar a una Comisión Técnica para la Fijación de Tarifas Máximas de los Sistemas Notarial, Registral y Archivístico.
La misión de esta instancia será “asesorar a la autoridad y proponer una adecuada determinación de las tarifas máximas que podrán cobrar los funcionarios de la segunda serie del Escalafón Secundario del Poder Judicial por los servicios que presten”.
Los integrantes de esta comisión serán un funcionario público representante del Ministerio de Justicia, otro del Ministerio de Economía, otro del Ministerio de Hacienda, y otro Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
Las nuevas reglas, según consigna el decreto que ahora debe pasar por el trámite de toma de razón, establecen que el Ministerio de Justicia “podrá clasificar a los oficios de notarios, conservadores, archiveros o mixtos en categorías, para efectos de establecer tarifas máximas diferenciadas aplicables a cada una de estas”.
El decreto también define algunos criterios. Por ejemplo consigna que “para la estimación de tarifas máximas, se deberán considerar los costos mínimos para la prestación eficiente de los servicios sujetos a regulación tarifaria”.

También fija que las “tarifas máximas podrán incorporar un componente destinado a asegurar la sostenibilidad económica de la prestación eficiente de los servicios regulados, su continuidad, calidad y adecuado funcionamiento. Dicho componente deberá fundarse en antecedentes objetivos y guardar proporción con los costos considerados para la determinación de la tarifa”.
Además considera la inclusión de mecanismos de actualización ya que “el decreto tarifario deberá ser actualizado a lo menos cada dos años”.
En caso de que las Notarías, Conservadores o Archiveros no respeten los nuevos aranceles máximos, dicha situación “deberá ser informada por la Subsecretaría de Justicia al respectivo Fiscal Judicial, para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 353 bis del Código Orgánico de Tribunales”.
El primer tarifario, según se lee en el decreto, “deberá dictarse en el plazo máximo de treinta y seis meses contados desde la entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley”.
Si bien el sistema ahora deberá tener este nuevo tarifario, es relevante añadir que ahora los oficios son fiscalizados por los fiscales judiciales, pero también quedaron bajo la vigilancia del Sernac.
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