Histórico

Valdés: "Ajustes a Ley de Bancos se enfocarán en capital, gobierno corporativo y resolución de problemas"

La propuesta incluye que el Superintendente de Bancos sea nombrado por el Presidente mediante sistema de Alta Dirección Pública.<br>

En el marco del Chile Day que se desarrolla en Londres, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, dio a conocer los principales cambios que se propondrán en el marco del proyecto de ley para modernizar la Ley de Bancos, y que se agrupan en tres lineamientos principales.

"Los ajustes a Ley de Bancos se enfocarán en capital, gobierno corporativo del regulador y resolución ante problemas", señaló Valdés.

De este modo se propone una autoridad unipersonal y que el nombramiento del Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras sea realizado por el Presidente de la República mediante mecanismo de Alta Dirección Pública ADP, por un período fijo. La remoción será fundada y en base a las causales establecidas en la ley.

En este punto, consultado sobre por el rechazo del presidente de Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif), Segismundo Schulin-Zeuthen, a que el regulador sectorial sea una autoridad unipersonal, y no un consejo de fiscalización, Valdés señaló que "el comité de verdad que le hace chequeos y balances al superintendente es el Banco Central. Si dejáramos todo el poder radicado dentro de la Superintendencia, para resolución, para pedir capital, tendría toda la razón el presidente de la Asociación de Bancos, en que sería demasiado poder para una persona. Pero si los 5 consejeros del Banco Central van a tener que opinar, incluso dar la aprobación a cosas que hace la Sbif, creo que tenemos un buen equilibrio".

En tanto el primer y segundo nivel jerárquico estará sujeto a las restricciones de post-empleo establecidas en la Ley de Probidad en la Función Pública (Ley N° 20.880). Esto significa que en los primeros tres meses después de haber cesado en sus cargos no podrán trabajar en ninguna de las instituciones fiscalizadas por la Sbif ni sus empresas relacionadas y recibirán una remuneración del 75% del sueldo que recibían mientras eran funcionarios de la Sbif. Los siguientes tres meses, no podrán trabajar en ninguna institución en que hayan participado directamente en su fiscalización y no recibirán remuneración alguna. Los siguientes 6 meses deberán informar activamente a la Sbif en el lugar que estén trabajando.

Además se extiende la protección legal para los funcionarios de la Sbif y aquellas personas contratadas por la Superintendencia que formen parte de los procesos de sanción.

Se fortalecen los contrapesos del Banco Central de Chile (BCCh) en materias de Basilea III y resolución bancaria.

Se fortalece la rendición de cuentas y transparencia de la Sbif:
- Obligatoriedad de la consulta pública de las normas.
- Obligatoriedad de realizar estudio de impacto regulatorio de las nuevas normas.
- Se establece la coordinación regulatoria con los otros organismos del Estado.

En cuanto a los requerimientos de capital se adoptarán los criterios de Basilea III y se dará un periodo de seis años para que los bancos puedan ajustartse a estos nuevos lineamientos.

El proyecto busca ampliar las nuevas herramientas para la solución de problemas. De este modo se introduce una etapa de regularización temprana cuyo objetivo es permitir a un banco que solucione sus problemas y vuelva la normalidad.

Además se introduce una herramienta intermedia entre la regularización temprana y la liquidación, que se denomina resolución bancaria y que consistirá en la separación del banco con problemas en un "banco bueno", el cual se transfiere a otro banco, y en un "banco malo", el cual va a liquidación.

Más sobre:portada

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Piensa sin límites. Accede a todo el contenido

Nuevo Plan digital $990/mes por 5 meses SUSCRÍBETE