Opinión

La convencional conveniencia

SEÑOR DIRECTOR:

Una de las instituciones que encontró su lecho de muerte en la propuesta de Constitución de la Convención fue la iniciativa exclusiva presidencial. En pocas palabras, de aprobarse dicho texto, el Presidente de la República perderá la facultad de iniciar exclusivamente proyectos de ley en determinadas materias, que son esenciales para mantener el orden en las finanzas públicas y por razones de economía política, y ahora solamente deberá concurrir con su patrocinio en la tramitación de algunos proyectos de ley. La Convención le da así la espalda a un valioso aprendizaje del pasado, y que fue recogido en nuestra tradición constitucional hasta la fecha.

Sin embargo, en las votaciones de las normas transitorias esta semana, se consagraron una serie de proyectos de ley que deberán ser presentados de forma exclusiva por el Presidente Boric. Ello pues en muchas de esas normas se mandata al Presidente de la República, solamente, a iniciar el trámite legislativo en diversas materias en los próximos 2 o 3 años. Resulta llamativo, cuando no incoherente, que se haya querido erradicar la iniciativa exclusiva del borrador de Constitución, pero, sin embargo, se haya validado en el texto transitorio. Pareciera ser que primaron otros criterios por sobre la coherencia, el bien común y la estabilidad institucional y que fue ese mismo pensamiento el que hoy lleva a algunos convencionales a mostrarse favorables a acoger la iniciativa exclusiva presidencial de legislar ciertas materias, mas no correr el riesgo de dejar esta misma opción a los presidentes venideros. Lo anterior solo muestra la convencional conveniencia de la Convención.

Bernardita Valdés

Abogada

Libertad y Desarrollo

Más sobre:Correos de los Lectores

¿Vas a seguir leyendo a medias?

NUEVO PLAN DIGITAL $1.990/mesTodo el contenido, sin restricciones SUSCRÍBETE