Reforma tributaria busca recaudar el 4,1% del PIB y sube impuestos al 3% de las personas

1 de Julio de 2022 / SANTIAGO El Ministro de Hacienda, Mario Marcel, presenta la Reforma Tributaria del Gobierno del Presidente Gabriel Boric en el Patio de las Camelias del Palacio de La Moneda FOTO: DIEGO MARTIN / AGENCIAUNO

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, detalló el contenido de la propuesta y afirmó que la reforma buscará recaudar unos US$ 12 mil millones, lo que “financiará cerca de la mitad del costo del programa de gobierno”. De acuerdo con el Ejecutivo, más del 97% de los contribuyentes mantendrán su carga tributaria. Más de 209 mil contribuyentes tendrán alza de impuestos personales.


Era una de las reformas más esperadas: es la columna vertebral del programa del Presidente Gabriel Boric y permitirá, según el gobierno, financiar la mitad del programa de transformaciones que tiene en carpeta la actual administración.

El encargado de presentar la reforma en La Moneda fue el ministro de Hacienda, Mario Marcel, quien detalló el contenido de la propuesta que pretende recaudar el 4,1% del PIB, unos US$ 12 mil millones. En la presentación se aclaró la gradualidad de los nuevos ingresos futuros: para 2023 se espera una recaudación del 0,6% del PIB, en 2024, 1,8%; en 2025 3,1%; y en 2026, un 4,1%.

La reforma tributaria se dividirá en tres proyectos. El primero y más grande será el que incluya cambios al impuesto a la renta, riqueza, ingreso de las personas y todo lo relacionado con elusión, evasión y exenciones, que entrará la próxima semana a la Cámara de Diputados. Otro modificará el royalty minero e ingresará a través de una indicación al proyecto que está en el Senado: el proyecto mezclará un tributo a las ventas y una tasa a las rentas operacionales, fórmula que no gustó a la industria (ver página 4). El tercer proyecto abordará los temas de impuestos verdes, y su envío al Congreso previsto para fines de año.

La subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, afirmó que “el Congreso tiene sus propios tiempos. Esperamos que durante el primer mes pueda haber invitación a expertos, para hacer comentarios a la reforma y un segundo mes de discusiones de la misma comisión”. Para la subsecretaria, la discusión “tomará el tiempo que necesite el Congreso. Las reformas tributarias no son de trámites fáciles ni rápidos, lo que, si esperamos que sea vista con diligencias, sin prisa, pero sin pausa”.

Impuesto a la renta

En el primer proyecto, uno de los aspectos que se modifican son los impuestos a las personas. Según lo que se explicó, los ingresos del trabajo mantendrán su estructura progresiva, con tasas crecientes a medida que aumenta el ingreso. “Más del 97% de los contribuyentes mantendrán su carga tributaria, incluyendo el 75% de personas que se encuentran en el tramo exento del impuesto a la renta”, destacan. Así sólo el 3% de las personas deberá pagar más tributos. Subirán las tasas marginales de las personas que obtienen ingresos imponibles mensuales de más de $ 4 millones y la tasa máxima pasa del 40% al 43%. Así, por ejemplo, quien esté en el tramo con una renta entre $ 4 millones y $ 5,1 millones la tasa marginal subirá del 23% al 26% y la tasa efectiva equivaldrá al 11,3% de los ingresos mensuales. Las rentas superiores a los $ 8 millones pagarán un 43% (ver infografía). Según las cifras más recientes del SII, en 2020 eran 209 mil contribuyentes los que ganaban más de $ 4 millones.

“No es efectivo -en mi opinión y de acuerdo a los antecedentes que conozco- que ello vaya a afectar sólo al 3% de los contribuyentes y que el otro 97% no va a sufrir ninguna variación en su carga impositiva. El proyecto que se está proponiendo es muy amplio, con una meta de recaudación muy ambiciosa”, analizó el senador RN José García, miembro de la comisión de Hacienda.

Ministro de Hacienda, Mario Marcel.

En relación al impuesto que pagan las grandes empresas, se establecerá como régimen general un sistema semi-dual, reemplazando el actual sistema semi integrado. Este sistema separa la tributación de las empresas de la de sus socios y diferencia el tratamiento tributario de los ingresos del trabajo y los del capital. ¿Cómo funcionará? De acuerdo a lo informado por el gobierno se establecerá un impuesto a las rentas del capital del 22% aplicado sobre los dividendos o retiros efectuados desde una empresa. Así, las personas cuyas tasas efectivas de impuesto global complementario sean menores al 22%, podrán reliquidar el impuesto a las rentas del capital. Con este diseño, la tributación total de los dividendos, considerando impuesto de primera categoría (impuesto a las empresas) e impuesto a las rentas del capital, no será superior al 43%, ubicándose en la mediana de la Ocde y siendo igual a la tasa marginal máxima de los impuestos personales, dijo el gobierno.

Marcel explicó que “el impacto sobre el retorno al capital va a ser acotado y ciertamente muy inferior a lo que ocurriría si simplemente tuviéramos una desintegración convencional del impuesto a la renta, porque si eso ocurriera, lo que tendríamos es que al impuesto del 27% que es lo que teníamos hasta ahora, más la tasa media del Global Complementario, que llega hasta el 40%, en ese caso podríamos tener un efecto acumulativo superior al 60%, y ahora estamos hablando de algo que es inferior al 50%. Así que por lo tanto lo que tenemos acá es un sistema que es más beneficioso para la inversión que lo que sería una desintegración convencional”, justificó.

Con los cambios en las tasas de impuestos a las personas, la recaudación estimada es del 0,2% del PIB, lo mismo que con el sistema dual. A esa proyección se le deben agregar las medidas de mayor control de la evasión y elusión, lo que elevaría la recaudación total al 1,5% del PIB.

Las ganancias de capital en instrumentos bursátiles (acciones y otros), que hoy cuentan con una tasa del 10%, se homologa su tratamiento al de los dividendos, quedando sujetos a una tasa del 22%, con posibilidad de reliquidar en el impuesto global complementario. Asimismo, los ingresos generados por arriendos de inmuebles estarán gravados con impuestos, eliminando la exención otorgada a los DFL2. Marcel indicó que es un ajuste marginal: “La lógica del DFL 2 surge para estimular la compra de la vivienda propia”, explicó. “No es que se esté inventando un impuesto que no existe (...) Lo que ocurre es que hay muchas personas que no los declaran y no los pagan”, añadió.

Un tema que estuvo en el debate previo, según los parlamentarios, era la idea de eliminar el beneficio de la exención a la ganancia de capital para la venta de inmuebles. “Eso no está en el proyecto”, aclaró Marcel.

También se aplicará un gravamen a las utilidades que se acumulan en sociedades no operativas, postergando el pago de impuestos personales de sus socios, con una tasa del 1,8% al diferimiento del pago de impuestos personales. Esta tasa será aplicable a empresas cuyos ingresos provienen en más de un 50% de rentas pasivas, como dividendos, intereses (salvo instituciones financieras) o arriendos de inmuebles.

Baja el impuesto a las empresas

Una de las mayores novedades es la reducción del impuesto de primera categoría, que pagan las empresas, el que se reduce del 27% al 25%. Pero se establece una tasa de desarrollo del 2% de las utilidades. “Esta tasa podrá pagarse en forma de impuesto o ser destinada a gastos que aumentan la productividad de la empresa y de la economía, como gastos en I+D, gastos en manufactura y servicios de alta tecnología producidos por proveedores locales”, según una minuta del gobierno.

Para las pymes, en cambio, se mantiene un régimen completamente integrado, con una tasa de impuesto que bajará al 25% y que podrá usarse como crédito contra el impuesto global complementario de los socios.

A los beneficios actuales se incorporan nuevos incentivos tributarios que fomentan la formalización, el emprendimiento y el crecimiento de las pymes.

Impuesto a la riqueza: 6.300 personas

Otro de los ejes de la reforma es la creación de un impuesto a la riqueza, con tres criterios: que se aplique a un número reducido de contribuyentes, que no haya exenciones de bienes para evitar la erosión de la base imponible y que existan reglas claras y simples para la valoración del patrimonio.

Presidente Gabriel Boric.

Al nuevo tributo quedarán sujetas las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en Chile como en el extranjero, que exceda US$ 5 millones. El diseño considera un esquema de tramos y tasas marginales: entre US$ 4,9 millones a US$ 14,7 millones se aplicará una tasa del 1% y más de US$ 14,7 millones tendrá una tasa del 1,8%.

Según Hacienda, la ley determinará los bienes y activos que las personas deben declarar para determinar su patrimonio. Cualquier otro bien que no esté en esa lista no tendrá que declararse, salvo que su valor supere los US$ 100 mil. Para Hacienda, esta es una forma de simplificar lo máximo posible el proceso de declaración. Además, se afirmó que no habrá doble tributación: las contribuciones por inmuebles se imputarán a este nuevo gravamen.

Con este diseño, 6.300 serán las personas que se encontrarán gravadas con este impuesto. La recaudación esperada es del 0,5% del PIB.

Exenciones y beneficios tributarios

La reforma propone que los fondos de inversión privados pasen a ser contribuyentes de impuesto de primera categoría, salvo aquellos cuya política de inversión sea el capital de riesgo. Los fondos de inversión públicos mantendrán la exención de impuestos de primera categoría, pero una vez que repartan utilidades hacia una persona jurídica, dividendos quedarán sujetos al impuesto de primera categoría.

La renta presunta también tendrá una reducción significativa, permitiendo que solo accedan contribuyentes que califican como micro empresarios. Se explica que este proceso se aplicará gradualmente, en dos etapas, distribuidas en un plazo de dos años.

También se mantiene la deducción de las pérdidas de arrastre sin límite de tiempo hacia ejercicios futuros, pero con un límite de 50% de la renta líquida imponible determinada en cada ejercicio. Además, se limita la deducción de intereses que provengan de créditos hipotecarios a solo uno de ellos, en aquellos casos que una persona tenga dos o más créditos hipotecarios que generan intereses. El gasto deducible por exenciones tributarias será de 23 UTA ($ 15.500.000).

Y la deducción por rentas exentas y créditos contra impuesto global complementario se limita a 2,3 UTA ($ 1.500.000).

Arriendos y cuidados familiares

El proyecto, además, crea una exención que permite deducir de la base imponible del impuesto global complementario los gastos por arriendo que se incurran, con un tope de $ 450.000 al mes. Así, si una persona con un ingreso imponible de $ 1.200.000 destina $ 450.000 a pagar un arriendo, el pago de impuestos personales se calculará solamente sobre $ 750.000, por lo que quedaría exento de impuesto a la renta. Aquello permitirá al SII, además, contar con información sobre los ingresos no declarados de los arrendatarios.

También se incorporará una exención enfocada en los cuidados familiares. Se podrán deducir de la base imponible del global complementario los gastos asociados al cuidado de personas menores de dos años, y de personas con grados de dependencia severa, con un tope de $ 550.000 al mes. Esta medida incorpora un enfoque de género, puesto que son las mujeres las que usualmente soportan la carga del trabajo de cuidados.

Impuestos correctivos

El tercer proyecto que se ingresará hacia fines de año será los llamados impuestos correctivos que buscan modificar el comportamiento de personas y empresas, alineando los incentivos económicos con los costos y beneficios sociales de determinadas actividades. Según lo que se informó, sus ámbitos incluyen la preservación del medio ambiente, la reducción de emisiones, el desarrollo de una vida sana y un desarrollo territorial equilibrado, incluyendo impuestos positivos y negativos para promover conductas responsables. Según se aclaró, estos instrumentos se encuentran en fase de diseño, y se tramitarán en un proyecto de ley separado durante el cuarto trimestre.

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