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Circular 11: El fin del 57 bis y el período de transición

En la circular 11, el SII detalla la normativa para poner fin al instrumento de ahorro conocido como 57 bis que permitía obtener un crédito de 15% en el pago del impuesto Global Complementario con un tope de 65 UTA (Unidades Tributarias Anuales), alrededor de $ 33 millones, si el contribuyente contaba con un ahorro neto positivo en el ejercicio.

Este beneficio consideraba el total de la inversión sin diferenciar entre capital y rentabilidad. Con la Reforma Tributaria se modificó el incentivo y sólo se otorgará el crédito de 15% sobre el Global Complementario para el capital, y la rentabilidad del instrumento deberá pagar impuesto cuando sea retirada. No obstante, el 1 de enero de 2017 el 57 bis se termina y el instructivo orienta sobre el tratamiento de estos depósitos durante estos años de transición.

“La Ley dispone que la ganancia de capital o rentabilidad que se obtenga al momento de cada giro o retiro efectuado a contar del 1° de enero de 2015, de las inversiones acogidas al artículo 57 bis que se efectúen entre el 1° de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016, se afectará con el Impuesto Global Complementario”, recalca la normativa.

Señala que las instituciones receptoras de estos ahorros deberán mantener el control separado de las inversiones y depósitos que efectúen los contribuyentes entre el 1° de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016, de las ganancias y rentabilidades obtenidas sobre dichas inversiones, y de los giros. Después debe ser enviada al SII.

Además se establece que a contar del 1° de enero de 2017 se considerará que se produce un Ahorro Neto Positivo (ANP), si el contribuyente a partir de esa fecha no retira las inversiones del 57 bis hasta cumplir con el plazo de 4 años. Durante ese período sólo se gravarán los retiros que excedan las 10 Unidades Tributarias Anuales (UTA) aproximadamente $5 millones, de acuerdo a su valor al 31 de diciembre del año respectivo.

Asimismo deja en claro que desde el 1° de enero de 2017 no será posible efectuar nuevos depósitos o inversiones en este capítulo.

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