Hacienda incluye en proyecto tributario la postergación por un año del reavalúo de propiedades y modifica el Fondo Común Municipal
En caso de aprobarse la propuesta del Ejecutivo el nuevo reavalúo se postergará desde enero de 2026 a enero de 2027. Esta decisión se da en medio de los cuestionamientos que existen sobre la falta de transparencia en los cálculos y la forma en que se fija la tasa del impuesto territorial.
El gobierno ingresó este lunes el proyecto de ley para reformular el sistema tributario para las pymes introduciendo la nueva “Ruta del emprendimiento”, que incentiva la formalización y reestructura el régimen transparente a fin de que la mayoría de las mipymes queden liberadas del Impuesto de Primera Categoría.
Pero también incluyó una sorpresa: se postergará el reavalúo de las viviendas que entraba en vigencia en enero del 2026 por un año.
“En materia de contribuciones se posterga por un año la entrada de los nuevos avalúos o el reavalúo de bienes raíces para tener tiempo de poder subsanar todas las dificultades que se han identificado y mejorar todo lo que es las metodologías y la aplicación de las mismas al avalúo de propiedades”, señaló Marcel.
En caso de aprobarse la propuesta del Ejecutivo, el nuevo reavalúo se postergará desde enero de 2026 a enero de 2027.
Esta decisión se da en medio de los cuestionamientos que existen sobre la falta de transparencia en los cálculos y la forma en que se fija la tasa del impuesto territorial.
Además se modifican las normas de aporte al Fondo Común Municipal (FCM) en materia de impuesto territorial incorporando a Lo Barnechea dentro de aquellas que deben aportar el 65% de lo recaudado por este impuesto permitiendo una distribución más equitativa de estos recursos entre las distintas comunas.
Así, ahora serán cinco las comunas que deberán entregar el 65% de la recaudación que obtienen por contribuciones: Lo Barnechea se suma a Las Condes, Vitacura, Providencia y Santiago. El resto de las comunas seguirán entregando el 60% de la recaudación.
Matías Guzmán, Socio de Guzmán & González Abogados, valoró la medida. “En procesos tan complejos como un reavalúo fiscal, la premura puede comprometer la calidad y rigurosidad del trabajo. La decisión de postergar responde adecuadamente a la necesidad de revisar en profundidad los nuevos elementos de transparencia que el Servicio de Impuestos Internos ha incorporado”.
Gustavo Alessandri, alcalde de Zapallar y presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades, sostuvo que “esta decisión es la más sensata mientras se avanza en el problema de fondo, que es avanzar en la tarea de transparentar cómo se calcula la contribución”.
En ese sentido, dijo que se debe “avanzar hacia un criterio estandarizado y justo para todos, sin afectar el bolsillo de personas que tienen problemas serios para el pago de las cuotas anuales y al mismo tiempo llegar a consenso en la fórmula para compensar los fondos municipales”.
En este eje también se entregarán beneficios al adulto mayor: “Para quienes pertenezcan al 60% más vulnerable, se establece un tope máximo de pago de contribuciones, equivalente al 5% de sus ingresos anuales, incluso si el avalúo de su propiedad supera los límites actuales”. señaló Hacienda. Esta modificación permitirá beneficiar a unos 75.851 adultos mayores que actualmente no acceden a ningún tipo de beneficios.
Reforma a pymes
En lo netamente tributario, la iniciativa tiene como eje central el reformular el sistema de impuesto que pagan las micro, pequeñas y medianas empresas (mypymes).
El cambio fundamental es que estas empresas no pagarán el impuesto de primera categoría, sino que se reflejará en el Global Complementario de los dueños de la empresa. El ministro explicó que este cambio beneficiará a un millón de pymes en todo Chile.
Se explicó que para aquellas empresas que no quieran estar en el régimen transparente se mantiene el actual régimen integrado modificando la tasa de impuesto de primera categoría (IDPC), que pasa a ser de un 20%. En principio este régimen será utilizado por aquellas empresas con ventas superiores a las 25.000 UF (3,1% de las pymes). La reposición de la tasa al 20% será gradual a partir del año 2028 condicionado además al crecimiento económico.
El proyecto establece también la creación de un “monotributo social”, consistente en un régimen especial permanente para microemprendimientos de personas naturales que pertenezcan al 80% de registro social de hogares y cuyos ingresos anuales no superen las 310 UF. Estos contribuyentes podrán mantenerse en este régimen permanente pagado media UTM mensual.
Uno de los que deberá implementar el monotributo, en caso que el proyecto avance, es el Fosis. Y por ello su director, Nicolás Navarrete, detalló que su organismo “ha acompañado este proceso de proyecto de ley desde el inicio. Es importante este proyecto porque va a simplificar la vida a miles de personas que hacen emprendimientos de pequeña escala, que al formalizarse antes enfrentaban trámites costosos o difíciles de entender”.
Asimismo, mencionó que “este proyecto tiene acciones concretas para favorecer la formalización de esos emprendimientos, con un pago único, cumpliendo con todas las obligaciones tributarias”.
Otra de las modificaciones propuestas es reducir el límite de ventas de contribuyentes que pueden acogerse al régimen de renta presunta a solo aquellos cuyas ventas no superen las 2.400 UF. Las empresas que superen estos ingresos se podrán incorporar al nuevo régimen transparente.
Alivios tributarios
El proyecto contemplará también beneficios para la clase media a través de la creación de un gasto deducible por arriendos. En este caso se explica que las personas que requieren arrendar una vivienda podrán descontar hasta 8 UTM ($6,6 millones) anuales del impuesto a la renta por pagos de arriendo, el cual equivale aproximadamente a un arriendo mensual de $ 550.000. El beneficio es completo para personas con ingresos anuales de hasta las 90 UTA ($ 74.138.760), el que va decreciendo proporcionalmente sobre dicho nivel de rentas y no es utilizable por personas con ingresos anuales superiores a 150 UTA ($123.564.600). Cerca de 900.000 personas verán una disminución de su carga tributaria
Y para el gasto en educación, se simplifica el cálculo del límite del ingreso familiar para acceder a este beneficio. Ahora será para ingresos anuales menores a UF792, unos $31.069.922 considerando solo al padre o madre que tiene la custodia del menor.
Medidas compensatorias
Este conjunto de cambios, agregando el de los beneficios para la clase media, tiene un costo anual cercano a los US$1.000 millones.
De acuerdo a lo expresado por el ministro de Hacienda, los menores recursos se compensan por distintas medidas. Una es la modificación en los dos tramos superiores del Impuesto Global Complementario, que significa que significa incrementos a personas con ingresos mensuales superiores a los $8.200.000.
Así, todas las personas que perciban ingresos mensuales entre 120 y 150 UTA ($8,2 a $10,2 millones mensuales) pasarán de tributar del 35% a 38%; mientras que quienes reciban más de $ 10,2 millones quedarán afectos a la tasa de 40%. Actualmente, se grava con un 40% a quienes ganan más de $ 20,8 millones mensuales. “Esta modificación es acotada para un 0,9% de los contribuyentes y en un número importante de casos el incremento será inferior a los 20 mil pesos mensuales”, precisa Hacienda.
Lo segundo son cambios al régimen tributario de fondos de inversión, de tal manera que estos mantengan los beneficios tributarios actuales solo en aquellos casos que dedican a la inversión en capital de riesgo. ( Ver nota relacionada)
También habrá cambios al impuesto a la Herencia y Donaciones, que actualizan las normas sobre valoración de activos que sirven para determinar la base imponible del impuesto.
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