Minera Los Pelambres refuta en tribunales segundo fallo arbitral contra Alto Maipo
La compañía minera del grupo Luksic ingresó un recurso de queja en contra de dos árbitros que mediaron el conflicto arbitral con Alto Maipo. Una de las peticiones de Los Pelambres es declarar que Alto Maipo está obligada a respaldar el suministro eléctrico con su propia capacidad de generación de energía.
El martes Minera Los Pelambres (MLP), filial de Antofagasta Minerals (Amsa), presentó un recurso de queja ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de los árbitros Jorge Correa Sutil y Alfredo Alcaíno de Esteve por el conflicto que han mantenido por años contra Alto Maipo.
La arremetida judicial apunta a dichos árbitros por “las faltas o abusos graves cometidos al dictar el voto de mayoría de la sentencia arbitral”, resolución del pasado 4 de agosto que principalmente se pronunció a favor de Alto Maipo. Los Pelambres fue notificado el 5 de agosto, teniendo como plazo fatal para presentar un recurso justamente el 11 de agosto.
Este proceso es el segundo arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) vinculado al caso. El primero se definió a inicios de este año a favor de Alto Maipo, en que Amsa buscó terminar un contrato de compra de energía hasta 2040. Este cuerpo arbitral fue conformado por Enrique Barros Bourie, Víctor Vial del Río y Manuel José Vial Vial, quien asumió como presidente.
El segundo arbitraje -que reclama ahora Amsa representado por los abogados Andrés Jana y Rodrigo Gil y entregó su definición este mes- rechazó la pretensión principal de la minera que buscaba definir que Alto Maipo incumplió la entrega de suministro por más de 480 horas por año.
Los Pelambres resumió su queja ante la corte señalando tres faltas: “Primera, el laudo concedió a Alto Maipo el cese de la sustitución de cargo a los doce meses, un beneficio que la letra (e) de la cláusula 10.3.3 subordina a un aviso y a un compromiso incondicional, los que nunca existieron. Segunda, aplicó la regla de intereses de la cláusula 7.4 del contrato a las dos condenas contra MLP y la negó en la única condena contra Alto Maipo. Tercera, declaró que Alto Maipo no tiene obligación de respaldar el suministro con la generación del complejo, privando de todo efecto a las estipulaciones que la consagran”.
El escrito presentado por Amsa ante la Corte de Apelaciones planteó que “la premisa del fallo deja al contrato sin respuesta frente a hipótesis que su texto sí resuelve, y basta enunciarlas para medir el absurdo. Si mañana el proveedor destruyera el complejo, o simplemente dejara de operarlo porque comprar la energía en el mercado le resulta más barato que generarla, bajo la premisa del laudo nada ocurriría. No habría obligación infringida, porque ninguna obligación de generar existiría, y el cliente seguiría pagando hasta 2040 el precio de la generación propia por energía de mercado”.
Con ello, los Pelambres pidió declarar admisible el recurso de queja, tramitarlo, acogerlo y adoptar diferentes medidas. Una de ellas busca declarar que Alto Maipo se encuentra obligada a respaldar el suministro de energía con la capacidad de generación e inyección de la planta, y que, además, la paralización de la generación eléctrica por situaciones causadas por el proveedor es un incumplimiento de contrato.
La segunda mesa arbitral se constituyó en mayo de 2024, y se integró por Mauricio Tapia Rodríguez, designado por Los Pelambres; Alfredo Alcaino, nominado por Alto Maipo; y Jorge Correa Sutil, quien fue elegido por el CAM de la Cámara de Comercio de Santiago.
El origen de la disputa
La disputa entre ambas compañías tiene larga data, y el fallo del 4 agosto, precisamente, rememora su historia. Hace más de una década, el 2011 se constituyó la sociedad Alto Maipo por Norgener SpA, filial entonces de AES Gener que es la actual AES Andes, para desarrollar y operar el proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.
Ubicado en la comuna de San José de Maipo, Región Metropolitana, más del 90% del proyecto se desarrolla subterráneamente, en canales cubiertos, con más de 70 kilómetros de túneles y cavernas.
Un hito importante fue el 1 de julio del 2013, cuando Antofagasta Minerals invirtió US$ 375 millones a fin de integrarse como socio en el proyecto Alto Maipo, con una participación accionaria del 40%. Ello, con el propósito de asegurar el suministro energético de Minera Los Pelambres, filial de Amsa. A la cual, en junio de 2014, Antofagasta Minerals la matriz le traspasó los derechos que tenía en Alto Maipo.
Tras diversos retrasos y problemas en la construcción de la hidroeléctrica, tiempo en que incluso Amsa pensaba retirar su parte accionaria del proyecto, en marzo de 2017 Los Pelambres y Norgener sellaron un acuerdo para eliminar la causal de término por retrasos de la obra, prolongar la vigencia del contrato hasta el 30 de junio de 2040 y reducir el precio de la energía a US$ 85 MW por hora, más otras condiciones.
Según el escrito del 4 de agosto, y donde el tribunal arbitral definió como hechos aceptados, se explica que el 30 de diciembre de 2022 Alto Maipo detuvo sus operaciones y, por lo tanto, dejó de producir energía eléctrica. Ello se lo informó a la minera el 6 de enero de 2023, cuando le notificó que detectaron un desprendimiento en el túnel Las Lajas, señalando además que las causas del imprevisto se encontraban en evaluación. Una semana después, Alto Maipo informó al Coordinador Eléctrico Nacional (CNE) que el retorno de la operación sería el 30 de junio de 2023.
En abril de ese año, Los Pelambres comunicó a Alto Maipo una intención de término del contrato que tenían ambas partes en caso de que la situación no fuera remediada. Dicha intención se concretó el 12 de mayo donde puso, finalmente, término al contrato. La minera alegó que la central Alto Maipo tuvo problemas en sus operaciones, la eléctrica debió comprar energía en el mercado para abastecer a Los Pelambres, lo que haría incumplir el contrato acordado.
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