Archivos provisionales: mito y realidad
DURANTE LA semana se ha generado polémica respecto al uso del archivo provisional de parte del Ministerio Público. Se ha afirmado que cerca de un 60% de los casos concluirían por esta vía, lo que para algunos sería una cifra escandalosa. ¿Es esto así?
Lo primero que conviene aclarar es la magnitud de los archivos. El 60% surge de medir el número de los archivos en relación al total de ingresos. Esto es equivalente a comparar peras con manzanas. La forma correcta de ver el impacto de los archivos en el sistema es medir su peso dentro del total términos, es decir, dentro del universo de los cierres que se usan. Visto así, las cifras de archivo provisional se mantienen bastante estables en el tiempo e incluso con una tendencia leve a la baja.
El año 2006, por ejemplo, los archivos representaron el 48,7% del total de términos y el año 2015 el 45,9%. Este primer semestre los archivos llegaron nuevamente al 48,0% de los términos.
Este porcentaje de archivos es bastante común en el funcionamiento de sistemas de justicia penal.
Por ejemplo, datos del año 2012 muestran que en Alemania y Francia se descontinuaron un 56% y 54% de los casos respectivamente por falta de identificación del hechor (hipótesis central bajo la cual se realizan los archivos en Chile). Cifras similares son posibles encontrar en otros países y regiones. Información del año 2014 muestra que, como región, del total de casos ingresados en Europa se procesaba sólo el 21,4% y se condenaba al 15,2%.
En América del Norte esas cifras bajaban al 13,7% y 9% respectivamente, en tanto que en América Latina eran de 14,4% y 4,5%. Aún con las dificultades que tiene comparar estas cifras debido a la forma diversa en que los países producen sus datos y cuentan las cosas, todas ellas apuntan a que la realidad nacional se asimila mucho a la de países con niveles de desarrollo incluso superiores al nuestro.
La razón de esto está en que todos los sistemas de justicia penal tienen limitaciones estructurales para esclarecer algunas categorías de delitos que conforman buena parte de sus ingresos (por ejemplo los delitos contra la propiedad cometidos por desconocidos). Desde esta perspectiva la cifra de nuestros archivos, lejos de ser un escándalo, parece responder a una tendencia bastante generalizada y normal.
¿Quiere decir que todo está bien? Para nada. Todavía podemos hacerlo mucho mejor, pero no es realista pensar que eso se debiera traducir en bajas muy radicales de los porcentajes de archivo (por ejemplo reducirla a la mitad) y menos de un día a otro. Una mejora exigible es que el Ministerio Público perfeccione la evaluación temprana de los casos que archiva. Cierta evidencia muestra que se trata de un proceso que se ha ido mecanizando en el tiempo y lleva a cometer errores gruesos en ocasiones.
El Ministerio Público podría comprometerse también a producir bajas significativas en el uso de archivos tratándose de algunas categorías específicas de casos (por ejemplo asaltos a hogares, portonazos, los cometidos por bandas, etc.), aún cuando ella no se traduzca en un impacto tan grande en los números globales por el bajo porcentaje que estos casos tienen en el total del sistema.
Finalmente, es esperable que el Ministerio Público desarrolle una mejor metodología para trabajar con casos archivados y eventualmente lograr condenas como producto de un esfuerzo de vinculación y uso de información que proviene de los mismos.
Todo esto es posible hoy gracias a la creación de nuevas unidades e inyección de recursos que el proyecto de fortalecimiento institucional del año 2015 le ha entregado a la institución. Esperemos que ello se traduzca en mejoras pronto.
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