Niños que son abortados y nacen vivos
Desde que entró este año el proyecto de ley de aborto en la Cámara de Diputados, la discusión en torno a la cuestión ha mostrado que ese tema no es fácil, ni rápido y que, tal como lo solicitaron varias autoridades, se debe dar un debate con alturas de miras.
Hemos dado a conocer nuestra postura sobre el aborto por estos medios pero, y conforme al espíritu de tener un debate con alturas de mira, queremos enfocar esta columna sobre otro aspecto de la propuesta de este proyecto de ley de aborto y que nos preocupa de sobremanera: el aborto tardío, hasta los 9 meses, posterior a las 22 semanas de gestación, periodo de viabilidad definido por la Organización Mundial de la Salud, y más específicamente con el tema de los niños que nacen vivos después de un aborto.
Con el proyecto en discusión se ha escuchado, para poder afirmar el argumento que justificaría el aborto en tres situaciones específicas, que el gestado no es persona, que su condición de filiación es indigna, o que viene gravemente enfermo, y que por lo tanto la madre, no el padre, tiene derecho a disponer de la vida de su hijo, el cual además, se ha escuchado en varias exposiciones de la Cámara, no tiene derechos constitucionales.
El 28 de enero, tres días antes que entrase el proyecto de aborto en la Cámara, diez diputados de la Nueva Mayoría, presentaron un proyecto de ley N°9902 sobre los derechos de la mujer embarazada y violencia obstétrica.
Pero también, tres meses antes, en octubre 2014, también diez diputados de la Nueva Mayoría patrocinaron otro -n°9643- sobre el delito de abandono del recién nacido.
Ambos proyectos tienen como preocupación modificar el código penal y establecer penas para los que dieran un trato indigno a la madre y/o su hijo.
Podemos leer por ejemplo en el boletín 9643 los siguientes argumentos: "…El objeto de este proyecto de ley es determinar la importancia de distinguir un criterio más amplio en cuanto a la edad del ofendido, esto debido a lo lábil que resulta ser un recién nacido…El abandono significa un atentado a su calidad de persona con existencia legal amparada por nuestro ordenamiento jurídico.". Este proyecto aclara que: "…Entendemos por neonato o recién nacido un bebe que tiene 28 días o menos desde su nacimiento, bien sea por parto o por cesárea, proveniente de un embarazo de 21 semanas o más de gestación"… y reafirma que.. "La Constitución señala en su artículo 19 numerando 1: "El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona". El proyecto se muestra preocupado entonces por el abandono del recién nacido: "… al referirnos al ABANDONO del RECIEN NACIDO estamos refiriéndonos al ser más dependiente e incapaz de subsistir por sí mismo". Por último el proyecto sostiene que: "Dentro de los bienes jurídicos protegidos, es decir, los bienes tutelados por el derecho, se distingue: la vida humana dependiente y la vida humana independiente, el primero, la vida de la criatura que está por nacer, expresamente se establece su protección en el artículo 75 del Código Civil que prescribe: "La ley protege la vida del que está por nacer. Por su parte la vida humana independiente, protege la vida del ser humano ya nacido, autónomo, separado completamente de su madre y es persona desde el punto de vista jurídico. El Código Civil señala en su artículo 55: Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición".
Resulta sorprendente que diputados de la Nueva Mayoría, siendo que algunos han sido agudos abogados del proyecto de aborto en la comisión de salud, propongan uno que habla de los derechos de la criatura que está por nacer y, por cierto, del ya nacido.
Dice este proyecto que el primer derecho del neonato, siendo este de 21 semanas de gestación, es a no ser abandonado. A primera vista nos resulta incomprensible como el personal médico podrá ofrecer un aborto a una mujer, pasado las 21 semanas de gestación, lo que técnicamente será un parto prematuro, con la posibilidad de que el gestado no nazca muerto sino vivo, hecho perfectamente posible ya que este niño está en etapa de sobrevivir, aunque esté gravemente enfermo. ¿Quién se hará cargo de anunciarle a esta mamá que su hijo está vivo, siendo que ella pidió un "aborto", siendo que no se puede abandonar el niño. ¿Quién se hará cargo de los costos y de los cuidados especiales de los días de sobrevida del niño, y si es que no fallezca rápidamente?. Además, como se evitaría el sufrimiento de la madre, del que se hace solidario el proyecto, al generar situaciones mas crueles y dolorosas como las descritas?
Este último tiempo hemos podido leer en prensa muchos casos terribles de niños que han sobrevivido a un aborto tardío y que se han dejado morir por abandono, sin cuidados, o que simplemente médicos poco escrupulosos han matado en el quirófano. Citaremos solo como ejemplo los casos Karpen y Gosnell de 2013 que fueron muy mediáticos, pero desgraciadamente los casos abundan en los países con leyes de aborto. https://actualidad.rt.com/sociedad/view/94887-eeuu-aborto-tardio-feto-asesinar
Eso a pesar que, en 2002, se promulgó en EEUU la Bill H.R 2175 de 2002, la "Born Alive Infant Protection Act" para proteger al nacido vivo.
También a raíz del escándalo en torno a la venta de partes fetales (supuestamente para investigación científica) de nacidos vivos, por la mayor organización abortista de EEUU, la Planned Parenthood, se publicó otra ley, la Bill H.R 3504: P.L en septiembre pasado, la " Born-Alive Abortion Survivors Protecion Act", de nuevo para proteger los niños que nacen vivos, después de un aborto.
También Europa no se salva de este problema y en 2014, cuatro organizaciones solicitaron al Consejo de Europa pronunciarse para prohibir el llamado "infanticidio neonatal", que es la situación de los niños abortados que nacen vivos, demanda que fue rechazada en septiembre. Esta demanda se ilustró con el siguiente informe relativo a los neonatos no atendidos después de nacer vivos: http://eclj.org/pdf/Appel-au-Commissaires-aux-DH-contre-contre-la-torture-et-l-infanticide-des-bebes-survivant-aux-avortements.pdf. También se entregó como estudio base un estudio de BLOJ (International Journal of Obstetrics and Gynaecology 8/01/2007) http://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1111/j.1471-0528.2007.01279.x/epdf.
Con este proyecto de ley de aborto, Chile entrará de pleno en este drama y es por eso que, para ahorrarse el problema, en países como EE.UU. o Europa, se aplica la figura del feticidio, que consiste en matar el gestado antes que nazca, eso con técnicas complejas (inyección intracardíaca de cloruro de potasio) que las médicos no están dispuestos a realizar. Por lo demás, las leyes vigentes en Chile no permiten matar intencionalmente el gestado.
Respecto del otro proyecto de ley 9902 sobre la violencia obstétrica, también resulta desconcertante que diputados que defienden el aborto utilizan palabras para referirse al gestado como "hijo" sabiendo que insisten que este concepto no existe cuando quieren justificar el aborto. Citaremos unos extractos: "…situación producida en contra de las mujeres que se encuentran ejerciendo sus labores de parto, dando a luz a su o sus hijos" "…. Consideramos que uno de los momentos más delicados, especiales e importantes de toda mujer, es cuando dan a luz y traen al mundo a un hijo". También sostienen que "…La experiencia maravillosa de traer un hijo al mundo" requiere que todos los cuidados de parte del personal médico y que la mujer embarazada debe poder tener parto "…natural, evitando en lo posible, prácticas invasivas y suministro de medicación cuando no esté debidamente justificado. Sin embargo, este derecho jamás podrá ser ejercido de manera tal que ponga en riesgo la salud y vida de la madre y del que está por nacer".
Queda claro entonces que muchos diputados de la Nueva Mayoría reconocen que el gestado es hijo sujeto de derechos y cuidados, que la Constitución y el Código civil en sus artículos 55 y 75 son aplicables al que está por nacer y que por lo tanto, el tema no es que el gestado no sea hijo, niño, persona, ser humano, sino que solo adquiere estos calificativos cuando la mujer, y solo ella, quiere tener a su hijo. La única discusión es en realidad si este gestado es deseado o no. Ese es el punto central.
El asunto es que la técnica médica no alcanza los niveles de respuestas a estas situaciones y Chile no se va a poder escapar de la realidad de todos los países que implementan leyes de aborto hasta los nueve meses, ofreciendo a las mujeres abortos tardíos con el riesgo de que nazcan vivos sus hijos.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.