Los alcances de la “Ley Mariana”
Si bien es entendible que se busquen satisfacer los anhelos de justicia en casos trágicos, este proyecto debilita el principio de la prescripción, lo que puede afectar garantías como el debido proceso.
Recientemente fue presentado ante la Cámara de Diputados por la vía de moción un proyecto de ley para establecer la imprescriptibilidad de los delitos de homicidio, femicidio y parricidio, iniciativa que ha sido popularizada como “Ley Mariana”. Ello en virtud del caso de Mariana Sepúlveda, una joven que desapareció en 2008 y cuyo responsable acaba de confesar la autoría del crimen; sin embargo, el sujeto fue sobreseído, pues el tribunal estimó que atendido el tiempo transcurrido los hechos estaban prescritos, decisión que fue apelada por la Fiscalía. Si bien de aprobarse la iniciativa legal esta no tendrá efectos sobre la causa, pues regirá para casos futuros, implicaría un cambio de enorme envergadura en nuestra legislación penal, cuyos efectos, particularmente sobre el debido proceso, no parecen haber sido debidamente ponderados por sus impulsores.
Desde luego, siempre resulta complejo debatir normas cuando estas van asociadas a nombres de víctimas. Estos casos suelen ser trágicos, y por lo tanto es enteramente comprensible que exista frustración cuando la ley vigente no satisface las pretensiones de justicia de los familiares. Sin embargo, una deliberación que está cruzada por factores emocionales hace más difícil dimensionar los aspectos técnicos involucrados como asimismo juzgar desapasionadamente la pertinencia de un cambio legislativo. Hay ejemplos de estas leyes especiales cuya aplicación en la práctica se ha visto seriamente dificultada -es el caso de la “Ley Emilia”, donde la legítima pretensión de endurecer las sanciones a conductores ebrios que causen lesiones gravísimas o la muerte se ha visto muchas veces frustrada porque el Tribunal Constitucional la ha declarado inaplicable-, lo que es revelador sobre los riesgos de dictar legislaciones precipitadas o que buscan generar un impacto comunicacional.
En el caso de la “Ley Mariana”, lo que se pretende es suprimir la prescripción para delitos de especial gravedad, de modo que no existan límites de tiempo para investigar casos de homicidios o de otras figuras agravadas. Aun cuando ello sintonice con un ideal de justicia, debe a su vez observarse que la prescripción es una figura de larga data en el Derecho Penal, y lo que esencialmente busca es asegurar condiciones para un debido proceso como también entregar ciertas certezas a las partes. Es evidente que con el paso del tiempo las pruebas se van deteriorando o desaparecen, los testigos pueden fallecer o sus recuerdos de los hechos se van tornando más inexactos, y de allí que se ha estimado relevante no extender indefinidamente los procesos judiciales, porque con ello aumenta el riesgo de un error.
Nuestro ordenamiento ya contempla excepciones, como en el caso de los delitos sexuales que involucran a menores de edad, lesa humanidad o genocidio, entre otros que no prescriben, pero en el caso de este proyecto de ley, dado su carácter tan general, es claro que se exacerba la imprescriptibilidad, lo que de suyo ya resulta discutible; asimismo, tampoco queda claro en qué forma una norma de este tipo inhibiría crímenes como el femicidio o el parricidio. Por lo demás, el delito de homicidio está dentro de aquellos casos con alta tasa de éxito en su investigación, por lo que esta legislación tampoco implicaría un mejoramiento en este indicador.
Lo último
Lo más leído
La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
Plan Digital+$6.990 al mes, por los 3 primeros meses SUSCRÍBETE