Pasaporte adulterado, confesiones y negación a colaborar con la FIFA: los 10 puntos del fallo de Suiza que hundieron los alegatos de Byron Castillo y Ecuador

Las sanciones contra Ecuador y Byron Castillo fueron ratificadas. Foto: AFLO.

Este lunes se dio a conocer la decisión de la apelación al Tribunal Federal de Suiza realizada por el jugador y la federación ecuatoriana. Tanto el lateral como los del guayas deberán cumplir las sanciones que ya fueron fijadas en la previa al Mundial de Qatar.



El nombre de Byron Castillo sigue en la memoria de Chile. El jugador fue uno de los protagonistas de la demanda de la ANFP por la documentación irregular del jugador que se transformó en la última esperanza para que la Roja pudiera acceder al Mundial de Qatar 2022.

Si bien la justicia ratificó la presencia del Tri en la Copa, Ecuador fue castigado con la resta de tres puntos para las Eliminatorias al Mundial de 2026 y una multa de 100.000 francos suizos, castigos por los cuales presentaron una apelación al Tribunal Federal de Suiza.

El lunes se supo el resultado del recurso. Allí se ratificaron las sanciones para Castillo y la federación ecuatoriana. “Al analizar cada una de las pruebas y documentos aportados al expediente, el Tribunal llega a la conclusión de que datos inseridos en el pasaporte ecuatoriano del jugador son falsos, en particular su nombre, fecha y lugar de nacimiento. Así, el Tribunal confirma y reconoce que el nombre correcto del jugador es Bayron Javier Castillo Segura, nacido en Tumaco, Colombia, el 25 de junio de 1995″, detalla el informe del TAS.

En la sentencia se explican, en diez puntos, cada una de las pruebas y cómo fueron evaluadas por los árbitros.

En el primero se indica que “al analizar el audio de la entrevista entre el Colonel Jaime Jara y el Sr. Bayron Castillo, el tribunal primero reconoció que el audio es prueba admisible y confiable, y después conformó el reconocimiento del jugador en dicho audio de que, a diferencia de lo que figura en su pasaporte ecuatoriano, su nombre correcto es Bayron Javier Castillo Segura, nacido en Tumaco, Colombia, el 25 de junio de 1995. Durante la entrevista el Sr. Bayron también confirmó que solo tiene una hermana y que mintió cuando declaró ante la dirección general del Registro Civil de Ecuador que tenía un hermano llamado Bayron Javier Castillo Segura, a quien supuestamente se le atribuye el certificado de nacimiento colombiano”.

Luego, en el segundo, explican que “al analizar un correo electrónico que fue enviado por el Registro Civil Nacional de Colombia al Registro Civil Nacional de Ecuador, el 1º de julio de 2015, la agencia del gobierno colombiano confirma que hay una persona nombrada Bayron Javier Castillo Segura, nacido en Tumaco, Colombia, el 25 de junio de 1995, además de confirmar que sus padres son los Srs. Harrison Javier Castillo Ortiz y Olga Eugenia Segura Ortiz”.

En cuanto a la autenticidad del certificado de nacimiento emitido por el gobierno colombiano sostienen que “confirma exactamente los mismos datos confesados por el jugador en su entrevista con el Colonel Jaime Jara, el Tribunal llega a la conclusión de que todos los datos son válidos, ya que el nombre, fecha de nacimiento, el lugar de nacimiento y los nombres de los padres son exactamente idénticos a los informados en el documento y confesados por el jugador”.

Además, en el cuarto punto, establecen que “al analizar el certificado de bautismo emitido por la diócesis de Tumaco, Colombia, donde se confirma que el Sr. Bayron Javier Castillo Segura ha sido bautizado por sus padres en la ciudad de Tumaco, Colombia, el 25 de diciembre de 1996″.

Más adelante, se argumenta que “la absoluta falta de pruebas por parte de la FEF y del jugador acerca de la existencia de un hermano del jugador nombrado Bayron Javier Castillo Segura, a quien pertenecen el certificado de nacimiento y el certificado de bautismo colombianos, lo que, si verdadero, podría haberse probado fácilmente con la presentación de fotos familiares, registros escolares, con una declaración de un miembro de la familia que acredite su existencia o cualquier otro documento perteneciente al presunto hermano”.

En el sexto punto exponen que “al analizar la inscripción del jugador en el Registro Civil de Ecuador, el Tribunal constató la situación extraordinaria del Sr. Bayron no haber sido inscrito hasta el año de 2012, coincidentemente la misma época en que el jugador fue inscrito por primera vez en la Federación Ecuatoriana, por parte del club Norteamérica, además de que dicha inscripción no consta en el registro nacional del Ecuador, sino únicamente en el registro de la provincia del Guayas”.

Agregan que “para corroborar la extrañeza de los hechos, el Tribunal constató que se firmó un convenio de cooperación entre la Federación Ecuatoriana y el Registro Civil de Ecuador, en el que se constató que existían frecuentes irregularidades en la inscripción de jóvenes jugadores en el Registro Civil de Ecuador. Finalmente, el Tribunal también constató que el primer club de registro del Sr. Bayron en Ecuador, el club Norteamerica, fue suspendido en 2018, por su participación en varios casos de falsificación de documentos de jugadores, siendo identificado como el club origen de estas falsificaciones”.

También apuntaron que “al analizar la investigación hecha por el Registro Civil de Ecuador sobre los documentos del Sr. Bayron, donde se ha bloqueado su documento de identificación ecuatoriano, el Tribunal ha constatado que dicha decisión de bloque sólo fue anulada mediante una acción de Habeas Data interpuesta por el Sr. Bayron, por razones constitucionales, sin análisis de fondo”.

“Además, el TAS ha constatado que tanto el tribunal de apelaciones que juzgó el habeas data, como el tribunal ecuatoriano que cerró los procedimientos de investigación disciplinaria de la Federación Ecuatoriana contra el jugador, alegaron que la solución definitiva respecto a la adulteración de los documentos del jugador podría llegar únicamente a través de un juicio penal, que aún no ha sido empezado”, complementan.

Foto: @byron4590/Instagram.

Al mismo tiempo, “el TAS también ha considerado los hechos de que la Federación Ecuatoriana sacó al jugador de la selección sub-20 en 2017, por sospechas de irregularidades en su documentación, y empezó un procedimiento de investigación disciplinaria en 2018. Con esa investigación conducida por la Federación y la emisión de un Reporte (conocido como Jara Reporte), donde se ha constatado que el nombre del jugador es Bayron Javier (y no Byron David), nacido en Colombia en 1995 (y no en Ecuador en 1998), la Federación empezó un expediente disciplinario contra el jugador Bayron Castillo, que solo fue terminado por la corte ecuatoriana por presuntamente no respetar el debido proceso de ley, más específicamente el derecho del Sr. Bayron ser escuchado y expuso sus argumentos ante la Comisión Disciplinaria de la Federación Ecuatoriana”.

Relacionado con lo anterior, en el noveno punto consideran que “al analizar el video de una entrevista del vicepresidente de la Federación Ecuatoriana, el Tribunal ha constatado que él había declarado que sería un riesgo para la Federación reclutar al jugador. Además, el TAS también consideró que, a pesar de haber sido citado como testigo por la Federación Ecuatoriana, la víspera de la audiencia la Federación lo retiró como testigo y, consecuentemente, el vicepresidente no se presentó el día de la audiencia”.

Por último, “el TAS concluyó que, a pesar de que el acervo probatorio presentado por la Federación Chilena es más que suficiente para llegar a una conclusión sobre el caso, todos los hechos están indirectamente corroborados por el hecho de que el Sr. Bayron no compareció en el procedimiento ante FIFA y TAS, pese a ser citado a comparecer en varias ocasiones a lo largo del procedimiento. A juicio del tribunal, el Sr. Bayron no solo podría, como bien debía haber comparecido en varias ocasiones para expresarse sobre todo lo denunciado e informado a través de las pruebas presentadas por los denunciantes, para esclarecer los hechos. Por el contrario, a pesar de ser llamado en el procedimiento, el Sr. Bayron se negó a comparecer y/o pronunciarse sobre los hechos alegados y documentos presentados. El tribunal también entendió que la Federación Ecuatoriana no hizo ningún esfuerzo para que el jugador presentase su testimonio en la audiencia, lo que podría aclaras los hechos”.

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