Seres sintientes
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Una sentencia unánime del tribunal de alzada de Los Ríos estableció que "los animales son entidades objeto de protección jurídica, y no simples destinatarios de derechos patrimoniales absolutos". Por eso la pugna en cuestión "queda fuera del ámbito normativo de la copropiedad como se entiende en la actualidad".
Corte de Valdivia falla que los gatos son seres sintientes por lo que no se les puede aplicar el Código Civil
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