¿Cómo funciona la Convención Constitucional?


El pasado 15 de febrero comenzó el proceso de aprobar o rechazar propuestas para el borrador de la nueva Constitución. ¿Pero cómo llegamos a esta etapa y cómo sigue hacia adelante? Aquí explicamos los procedimientos, flujos de las votaciones y otros datos relevantes para entender cómo avanza el proceso constituyente.

Lo primero que hay que entender es que los artículos que comenzaron a votarse en el pleno de la Convención Constitucional previamente pasaron por un proceso de formulación, debate y aprobación en sus respectivas comisiones temáticas, las que han funcionado desde el 18 de octubre del año pasado. Existen siete de ellas, y agrupan a los 154 convencionales en grupos abocados a respectivos temas. Estas son:

  • Sistema Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral
  • Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía
  • Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y organización fiscal
  • Derechos Fundamentales
  • Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico
  • Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional
  • Sistemas de Conocimientos, Culturas, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonios

Durante los pasados meses las comisiones se reunieron, recibieron propuestas y audiencias públicas y deliberaron. La semana pasada dos de ellas, la de Forma de Estado y Sistemas de Justicia, entregaron a la Mesa Directiva y la Secretaría Técnica un primer informe, cuyas propuestas deben ahora ser discutidas y votadas por todos los constituyentes en el pleno.

Votación en el pleno

El pleno es el espacio donde los 154 convencionales se encuentran, debaten y votan. Una vez que las respectivas comisiones entregan sus informes se define la fecha para su deliberación. Cada informe se vota en dos etapas: en general primero y en particular después.

Votación en general

En esta instancia se debate el informe presentado por la comisión y se vota la “propuesta en forma de articulado”. Es decir, la propuesta del informe, separada en artículos.

Los convencionales pueden solicitar con anterioridad la votación separada de aspectos específicos de cada propuesta, votando artículos específicos, pero nunca entrando en detalle a los incisos. La solicitud de votación separada la deben hacer a lo menos ocho convencionales.

Si la propuesta / artículo no consigue el quórum para su aprobación -dos tercios de los convencionales presentes en el pleno-, debe regresar a su comisión respectiva, la que deberá presentar un informe de reemplazo dentro de un plazo de quince días corridos, luego de los que se votará nuevamente en el pleno.

En caso que una propuesta contenida en el informe de reemplazo se rechazase en general por segunda vez en el pleno, quedará desechada definitivamente y excluida del proceso constituyente.

Votación en particular

En caso que el artículo sea aprobado en general, pasará a la votación en particular. Allí los artículos se votan separados por incisos o numerales, según cómo estén presentados en el respectivo informe.

Aquí opera un criterio discrecional de los convencionales: pueden solicitar, o no, en un plazo establecido con anterioridad, que los incisos se voten por separado o agrupados. Hasta ahora, la mayoría se ha votado por separado, pero otros artículos se han “juntado” para votarse grupalmente.

Como indica el protocolo de deliberación y votación, la unidad mínima para solicitar votación separada será un numeral o literal contenido dentro de un inciso, y no procederá la votación separada de oraciones, frases, palabras o guarismos.

Para la aprobación de artículos en particular es necesario alcanzar el quórum de dos tercios. En este caso, son necesarios 103 votos a favor como mínimo, bajo la presunción de que todos los convencionales están presentes.

En el caso de que el artículo o inciso en votación no alcance los dos tercios pero sí la mayoría simple -entre 78 y 102 votos-, este es devuelto a la comisión temática respectiva para su reformulación. Por último, si la votación de un artículo o inciso obtiene 77 votos o menos, se desecha por completo y no vuelve a la discusión.

Indicaciones

Durante la votación en particular los convencionales pueden además solicitar que se voten indicaciones, las que también deben entregarse con anticipación a la mesa. Las indicaciones son la forma en que los convencionales pueden solicitar cambios en el texto que se encuentra en el informe y pueden ser de tres tipos:

  • Supresivas: eliminan contenido
  • Aditivas: agregan contenido
  • Sustitutivas: reemplazan contenido

Se pueden proponer indicaciones para los artículos completos o para incisos en específico. Además, las indicaciones se pueden proponer por primera vez en el pleno o ser renovadas, es decir, que se presentaron durante el proceso de discusión en la comisión temática y se reponen nuevamente en la discusión en particular del pleno.

Orden de la votación

Los incisos se votarán en el pleno en el mismo orden que esté propuesto en el informe. Ahora, ¿cómo afectan las indicaciones el proceso de votación? Las indicaciones aditivas y sustitutivas se votan juntas con el inciso que proponen modificar. Si se aprueban, automáticamente se da por aprobado el inciso, considerando por supuesto la indicación. En caso de no lograr los votos, se rechazará la indicación, pero se vuelve a votar el inciso original, para ser aprobado o rechazado.

Distinto es con las indicaciones supresivas. Estas se votan primero, por separado, y si la indicación es aprobada se elimina el artículo, inciso o numeral. Si es rechazada se vota el artículo original.

Los artículos o incisos que logren en particular los votos de dos tercios del pleno, se considerarán aprobados y serán incorporados al proyecto de nueva Constitución.

¿Qué pasa con los artículos o incisos que no logren ser aprobados? Depende. Si no logran tener la mayoría de los votos de los convencionales presentes -entiéndase la mitad más uno-, serán excluidas de forma definitiva del proceso. Pero, si a pesar de no lograr los dos tercios si tuvieran la mayoría absoluta, deberán regresar a la comisión respectiva para que esta elabore una segunda propuesta.

Segunda propuesta

Tanto en general como en particular las iniciativas que hayan sido rechazadas en una primera votación tienen la oportunidad de ser reformuladas en su respectiva comisión temática. En ambas instancias, si la iniciativa es nuevamente rechazada, se considerará como descartada de forma definitiva.

Si es aprobada en general, continuará su camino a la votación en particular, siguiendo el mismo procedimiento explicado anteriormente. Si no lograra el quórum de dos tercios establecidos, el protocolo de deliberación y votaciones establece dos escenarios:

  1. Si no alcanza tres quintos de los votos, queda definitivamente descartada.
  2. Si alcanza solo tres quintos, de acuerdo al reglamento de la Convención, se aplicaría el procedimiento de “plebiscito dirimente”, pero ésta es una instancia cuya existencia está en duda.

¿Qué es el plebiscito dirimente? La convención ha propuesto una votación popular “intermedia”, antes del plebiscito de salida, donde la ciudadanía se manifestaría a favor o en contra de estos artículos en particular, que no han logrado consenso dentro del pleno.

El problema es que para poder realizar este proceso se necesita una reforma constitucional que debe, sí o sí, ser aprobada por el nuevo Congreso, con un quórum de dos tercios.

Hasta la fecha no se ha ingresado un proyecto de ley para esto aún y, de hacerlo, es poco probable que tuviera los votos para ser aprobado. Además, los plazos son cada vez más estrechos, por lo que es probable que este procedimiento no se realice y, por lo tanto, se consideren finalmente sólo las normas aprobadas por dos tercios de la Convención.

La “armonización”

Una vez que el proyecto de nueva constitución haya terminado de votarse, y antes del plebiscito de salida en que se aprobará o rechazará la propuesta, una comisión de “armonización” se encargará de tomar el borrador y corregir cualquier tipo de error o inconsistencia que exista tanto a nivel de redacción como de contenido. Tras las correcciones que se realicen en esta etapa se tendrá el documento final que se votará en el plebiscito.


Revisa a continuación el cuadro resumen de las votaciones:

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