Con costo según cobertura: pacientes Fonasa con Covid-19 o sospecha pagarán arancel de red pública en prestadores privados

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El oficio dispone que las clínicas privadas deben recibir a los pacientes con sospecha o confirmación de Covid-19 positivo bajo la Ley de Urgencias, sin necesariamente que éste tenga riesgo vital -como exige la disposición legal-, e independiente si es un traslado particular al recinto. Así, la facturación será según el convenio del recinto y cobertura del afiliado en Fonasa. Desde la Asociación de Clínicas de Chile advierten que ya se analiza la legalidad de la instrucción.


Un oficio, emanado desde el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) durante el martes a los prestadores privados, modifica la cobertura de los pacientes del seguro público al atenderse en clínicas. Entre los cambios, se notifica que todo paciente Covid-19 positivo o con sospecha que concurra a un recinto privado deberá ser ingresado bajo la Ley de Urgencia, independiente si corre riesgo vital o no.

Lo anterior significa levantar, al menos durante el período de pandemia, el requisito de riesgo de vida que es clave para hacer valer la disposición legal.

En términos prácticos, lo que instruye Fonasa a los prestadores con convenio es permitir que una persona con coronavirus o con sospecha de diagnóstico, y que esté afiliado al seguro, pueda trasladarse de forma particular a un recinto privado para recibir atención médica, sin necesidad de reubicación mediante la Unidad de Gestión de Camas (UGCC) del Minsal o ambulancias.

Los costos asociados serán facturados según el convenio GRD del recinto con el seguro público, es decir, bajo Modalidad de Atención Institucional (MAI) y no de libre elección, que eleva los costos de atención.

Eso sí, el ingreso bajo la Ley de Urgencia debe ser notificado en la plataforma de la UGCC. En el caso de los sospechosos, si se descarta el diagnóstico de Covid-19, a partir de ese momento, toda atención médica será cobrada como Modalidad Libre Elección. Sin embargo, todos los procedimientos previos a la confirmación o descarte del diagnóstico serán cobrados mediante convenio.

El oficio también contempla retroactivamente a quienes ya hayan ingresado a un recinto de estas características: “También deberán ser facturados a GRD según convenio, los pacientes que hayan ingresado a un prestador privado de la red integrada en convenio, sin riesgo vital, espontáneamente, desde el 11 de mayo 2020 y aún no hayan sido dados de alta, y que hayan sido diagnosticados COVID positivo”.

Si a la fecha, un paciente Fonasa ya fue dado de alta y su atención se cobró de una forma distinta, deberá refacturarse como atención con convenio desde el ingreso hasta la salida.

Desde la Asociación de Clínicas de Chile detallan que “esta comunicación contiene múltiples aristas, por lo que nos encontramos estudiando el alcance y las implicancias de su contenido”. Esto, según comentan diversas instituciones privadas de salud, el oficio infringiría la Ley de Urgencia, la que contempla el riesgo de vida como requisito fundamental para su aplicación.

Desde la institución pública de salud, comentan en privado que en este momento su rol es proteger y cautelar el acceso a salud de los más de 15 millones de afiliados.

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